El pasado domingo y por un anuncio en la prensa, nos enteramos de la
convocatoria para la cobertura interina de un puesto de Técnico de
Administración General por la próxima marcha de su actual ocupante a otra
Administración Pública. A la vista de dicho anuncio, el Partido Popular de
Carreño desea manifestar lo siguiente:
1)
La convocatoria no ha sido comunicada ni tratada en el ámbito de
la Comisión informativa de personal, que lleva desde la
primavera sin reunirse. Se trata de otra muestra más de que la política de
personal del Ayuntamiento se hace sin contar ni con los partidos de la
oposición ni con los representantes de los trabajadores.
2)
Llama la atención y por ello pedimos explicaciones, por qué tanta
premura para la cobertura de un puesto que aún no ha quedado vacante, cuando
desde el Gobierno local se ha insistido a lo largo del presente mandato una y otra vez en que, por ejemplo, si no contratan personal en servicios como el de limpieza es debido a las “prohibiciones” del
Gobierno de la nación. Pues bien, las
recientes contrataciones tanto de personal de limpieza como de jardinería,
junto a esta convocatoria que estamos comentando, ponen de relieve que si durante meses no se ha
contratado a personal en determinados servicios en estado de abandono, es por
la decisión libre y soberana del Gobierno de Carreño, dado que la ley aplicable es la misma. La realidad es que contratan lo que quieren y cuando quieren, y ahora
podemos constatarlo.
3)
La cobertura del puesto de Técnico de Administración General es
importante para nuestro Ayuntamiento dado que es el
funcionario encargado de la tramitación jurídica de los expedientes de
disciplina urbanística, de las sanciones de tráfico, de informar jurídicamente
las licencias urbanísticas, entre otros cometidos. La interinidad del puesto
puede ser larga, y en ese sentido cabe
recordar que la persona que lo ha desempeñado hasta ahora lleva en ese puesto interinamente
más de diez años. Pues bien, queremos denunciar que el proceso selectivo diseñado por el
Gobierno local es absolutamente mediocre, al prever que únicamente se realice
un ejercicio práctico, cuando la cobertura interina reciente de un puesto de
arquitecto técnico exigió el desarrollo de un ejercicio teórico y otro
práctico. En ese sentido, ¿cómo es posible que el
examen para ser interino en un puesto de la máxima relevancia, clasificado en
el subgrupo A1, tenga un grado de exigencia menor con un solo ejercicio práctico, frente a
los dos ejercicios que desarrollaron los participantes en la cobertura del puesto de
arquitecto técnico, de menos nivel y dentro del subgrupo A2?.
Estamos, otra vez, ante una actuación echa
a espaldas de todo el mundo, inspirada por la prisa injustificada, sin analizar
las necesidades funcionales del Ayuntamiento, con un proceso selectivo que
prevé el desarrollo de menos ejercicios que los recientemente desarrollados, además del ejemplo anteriormente referido, para los puestos correspondientes a los planes de empleo (recordemos que, por ejemplo, jardineros, albañiles, palistas
tuvieron que realizar dos ejercicios), y por ende, con un nivel de exigencia
injustificadamente bajo para la cobertura interina de un puesto de gran importancia.
LA NOTICIA EN LA PRENSA: