miércoles, 30 de septiembre de 2009

INFORMACIÓN SOBRE DINERO QUE RECIBE EL PP DEL AYUNTAMIENTO DE CARREÑO

Si hay un asunto que suele levantar polémica, ese es el relativo a las retribuciones de los cargos públicos. Desde el PP de Carreño consideramos que lo mejor para evitar suspicacias es practicar la austeridad, y en todo caso, la transparencia. Por todo ello, a continuación detallamos las retribuciones que perciben los concejales del grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Carreño, así como las correspondientes al grupo municipal del PP:
Según acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, se retribuye con una dieta de 50 euros a cada concejal por cada una de las asistencias a órganos colegiados de la corporación. En el caso de los concejales del PP, de esos 50 euros, 45 son para el concejal, y 5, esto es, el 10%, para el Partido Popular. La participación de los concejales del PP en dichos órganos colegiados es la siguiente:
Celestino Gutiérrez García: Junta de Gobierno, Comisión de Haciencia y Comisión de Participación Ciudadana.
Carmen Fernánez Gómez: Comisión de Urbanismo, Comisión de Medio Rural y Comisión de Desarrollo Local.
José Ramón Fernández Gutiérrez: Comisión de Personal y Comisión de Medio Ambiente. A lo largo de los dos últimos años ha participado también en la comisión de elaboración de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Carreño.
Marta María García Fernández: Comisión de Educación, Comisión de Cultura y Comisión de Bienestar Social.
La Junta de Gobierno suele reunirse dos veces al mes. Las comisiones, una vez al mes, si bien hay excepciones. Comisiones como la de Urbanismo y la de Hacienda, en ocasiones celebran más de una reunión al mes, y en otros casos, como Festejos, Educación y Medio Rural, las reuniones son bimensuales o trimestrales.
Todos los concejales forman parte del Pleno, y éste se celebra con carácter ordinario, el último jueves de cada mes, expecto el mes de agosto, en el que no hay pleno ordinario. Por la asistencia al Pleno, la retribución es también de 50 euros.
El grupo municipal del Partido Popular recibe del Ayuntamiento una subvención mensual de 400 euros: 100 euros por ser grupo municipal, y 75 euros por cada concejal electo, en el caso del PP, 4 concejales. Dicha cantidad, se ingresa íntegramente en la cuenta del Partido Popular de Carreño.

domingo, 27 de septiembre de 2009

BUENDIA TOMA A CARREÑO POR EL PITO DEL SERENO

El Sr. Buendía, Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras nos toma a los vecinos de Careño por el pito del sereno, esa es la explicación al siguiente hecho:
- El pasado miércoles, 23 de septiembre, el alcalde de Carreño convocó a los portavoces de los grupos políticos del Ayuntamiento para informarles de que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras suspendía, sin concretar una nueva fecha, una reunión con la Corporación de Carreño, prevista para el lunes siguiente, 28 de septiembre. La reunión con el consejero tenía por objeto tratar el asunto del desmonte del alto de Aboño, deslinde, etc.
- Tan solo dos días después de suspender dicha reunión, el señor Consejero, el mismo que no puede reunirse con los representantes de los vecinos de Carreño para tratar asuntos cruciales para su futuro, se acerca a Candás para celebrar el día del ferroviario.
Conclusión primera: el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras encuentra tiempo suficiente para actos lúdicos en Candás, pero no para dar explicaciones en relación con asuntos de verdadera importancia.
Conclusión seguda: PSOE e IU de Carreño son absolutamente irrelevantes en sus respectivos partidos a nivel regional, hasta el punto de que todo un consejero se permite el lujo de ningunear al Ayuntamiento de Carreño, y a renglón seguido pasearse por la capital del concejo de la mano del alcalde, como si nada.

jueves, 24 de septiembre de 2009

PLENO DE SEPTIEMBRE DEL AYUNTAMIENTO DE CARREÑO

Esta tarde a las 18.30 horas se ha celebrado el pleno ordinario correspondiente al mes de septiembre. El único punto del orden del día era la dación de cuenta de las resoluciones del mes, así como los ruegos y preguntas. No obstante, con carácter de urgencia, y ante la noticia aparecida en la prensa en los últimos días según la cual una asociación de guardas civiles reclamaba la supresión del cuartel de la guardia civil en Candás, se ha debatido una moción reclamando la permanencia en el pueblo de dicho cuartel. En la votación, PSOE, PP, UICA, IU y URAS han votado a favor de la moción, y UNA en contra.
En los ruegos y preguntas, el portavoz del Partido Popular, Celestino Gutiérrez, ha formulado dos preguntas:
La primera, pretendía del alcalde que aclarara si el Principado mantenía las inversiones inicialmente previstas para completar las obras del puerto de Candás. Dicha pregunta trae causa del discurso del Presidente del Principado en el debate del estado de la región, en el que citó expresamente como obras a realizar los puertos de varios municipios, entre los cuales no estaba Carreño. Teniendo en cuenta las deficiencias de nuestro puerto en cuestión de calado, y de abrigo de las embarcaciones, desde el PP se considera imprescindible que la Administración autonómica acometa las obras. En la respuesta, el alcalde ha dicho que no estaba enterado del discurso del señor Areces, y que recabaría más información.
La segunda pregunta del PP, tiene que ver con el deslinde con Gijón. Hace más de diez meses que el Instituto Geográfico Nacional emitió un informe sobre el particular, que ha sido remitido al Principado para que fije los límites entre Carreño y Gijón. En todo ese tiempo no se ha sabido nada, y la última noticia es que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, competente en la materia, ha suspendido una reunión prevista para el lunes. Visto todo esto, el PP ha preguntado al alcalde si sabe algo sobre este tema, y si se ha practicado alguna gestión. En la respuesta, el alcalde ha dicho que no tiene ninguna noticia nueva sobre este asunto.
Desde el PP de Carreño queremos recordar que en el deslinde nos jugamos mucho. Como bien ha recordado Celestino Gutiérrez, por razones de ingresos tributarios, por razones estratégicas, y por razones de respeto institucional. Sería el colmo de la desfachatez que se ignore a Carreño y que también en este caso, se nos convierta en los grandes perjudicados. Habrá que estar vigilantes, y en el caso de que el deslinde perjudique los derechos de Carreño, habrá que interponer los recursos correspondientes en vía administrativa y jurisdiccional.
Recordaos que podéis contactar con el PP de Carreño en esta dirección: popularescarreno@gmail.com.

martes, 22 de septiembre de 2009

PERLORA, CIUDAD VIRTUAL, POR ARMANDO RODRÍGUEZ

En esta entrada, os ponemos el enlace con el artículo titulado "Perlora, ciudad virtual", que publica hoy, 22 de septiembre de 2009, el diario La Nueva España. Desde el Partido Popular de Carreño, queremos felicitar a nuestro compañero, Armando Rodríguez, autor del artículo, por recordarnos a todos los carreñenses, la historia de la ciudad de vacaciones.

PINCHA AQUÍ PARA LEER EL TEXTO

jueves, 17 de septiembre de 2009

INTERVENCIÓN DEL PP EN EL PLENO EN EL QUE FUE APROBADA LA RPT DEL AYUNTAMIEMTO

A continuación reproducimos la intervención del Partido Popular en el Pleno del Ayuntamiento en el que fue aprobada la modificación de la relación de puestos de trabajo:

PLENO EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE CARREÑO DE 20 DE AGOSTO DE 2009.

ASUNTO: APROBACIÓN RPT AYUNTAMIENTO DE CARREÑO
INTRODUCCIÓN

El concepto de relación de puestos de trabajo lo encontramos en el artículo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cuando dice: “ Las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.”

La existencia de la RPT es una obligación legal para este Ayuntamiento, y una necesidad para llevar a cabo una gestión del personal conforme al principio constitucional de eficacia.

CRÍTICA AL RETRASO EN LA APROBACIÓN

En estas primeras palabras, queremos dejar constancia de una realidad: el retraso injustificable en la aprobación de este instrumento de modificación de la RPT hasta ahora vigente. Han sido muchos los años de demora en la elaboración de esta propuesta. Es cierto que estamos ante un asunto complejo que levanta recelos y que hay que tratar con delicadeza, pero también es evidente que desde el Gobierno podrían haberse realizado las cosas con mucho más agilidad y tacto.

RAZONES PARA EL SÍ

Estamos en el pleno de hoy dispuestos a debatir la conveniencia de aprobar la modificación de la RPT que se nos presenta. Desde el PP vamos a votar sí a dicha aprobación por los motivos que a continuación exponemos:
1) La RPT, como ya he señalado, es un instrumento necesario para gestionar coherente y eficientemente el personal de este Ayuntamiento. Sacarla adelante redunda en beneficio de los empleados públicos, y de todos los vecinos de Carreño.
2) La gestión eficiente de los recursos humanos es imprescindible en cualquier Administración Pública. El capítulo del presupuesto de gastos de personal, supone más de un tercio del presupuesto de gastos de este Ayuntamiento. Creemos que tener una RPT adecuada, es condición necesaria para la gestión eficiente de este capítulo.
3) La relación de puestos de trabajo que hoy se somete a votación, ha sido el fruto del trabajo de dos funcionarios de este Ayuntamiento, Pedro Serrano González Gallarza y Salomé García Torices, a los que aprovecho para felicitar por la seriedad y el rigor con el que han trabajado, que elaboraron un procedimiento de actuación en orden a la realización de la relación de puestos. Dicho procedimiento contiene:
- La descripción de las funciones y tareas de cada uno de los puestos de trabajo. Dicha descripción será sumamente útil de cara al futuro, dado que constituye un presupuesto necesario para avanzar en la denominada evaluación del desempeño. Concepto especialmente en boga desde la aprobación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP.
- Se ha respetado el grupo o subgrupo de clasificación de todos los puestos afectados por esta modificación.
- La determinación del complemento de destino y del complemento específico, se ha hecho a través de un procedimiento de asignación de puntos a cada uno de los factores previamente fijados (formación, responsabilidad en diferentes aspectos como gestión de recursos humanos, uso de bienes y equipos, errores, esfuerzo físico e intelectual, disponibilidad, dedicación, complejidad del puesto de trabajo, etc.).
- La valoración de cada uno de los puestos de trabajo, se ha hecho a través de una comisión de composición mixta. Aquí queremos defender que el hecho de que haya habido representación política y sindical en dicha comisión, no resta rigor a la modificación que hoy se somete a votación, dado que se ha contado en todo momento con el asesoramiento técnico, y se ha seguido un procedimiento reglado y objetivo. A mayor abundamiento, baste recordar que la ley obliga a la negociación con la representación de los empleados, en cierto modo adelantada por su presencia en la comisión, y en último término, el competente para aprobar la RPT y fijar las retribuciones complementarias, es el Pleno del Ayuntamiento, es decir, un órgano político.
- Las reglas del juego prefijadas, fueron aceptadas por todos los grupos políticos como buenas, así como por la mayoría de la representación de los trabajadores. La comisión de valoración ha desarrollado sus trabajos en un clima de acuerdos generalizados. Sólo hay que leer las actas de las sesiones, para constatar que en la votación de la puntuación de cada uno de los factores, la adopción de decisiones fue por amplias mayorías. En este punto, quiero resaltar que muy pocas veces ha habido discrepancias en las votaciones entre los representantes de los distintos grupos políticos.
4) En los trabajos de la comisión de la RPT, en todo momento han estado presentes varias preocupaciones:
- Aprobar una RPT que sirva para mejorar, clarificar, y estabilizar la gestión del personal del Ayuntamiento.
- Aprobar una RPT absolutamente respetuosa con el ordenamiento jurídico.
- Aprobar una RPT que desde la valoración objetiva de los puestos de trabajo, sirva para mejorar las condiciones de trabajo de los empleados públicos, desde el principio general de que ningún empleado de este Ayuntamiento pierda retributivamente respecto de la situación actual.
- Aprobar una RPT realista, que no sea un elemento perturbador de la situación económica y financiera de esta Administración.
Por todo lo expuesto, desde el PP vamos a votar sí. Lo hacemos siendo conscientes del descontento de una parte de los empleados de este Ayuntamiento. Ante estas posturas, queremos dejar claro que comprendemos las aspiraciones personales de aquellos que no ven colmadas sus expectativas. Ahora bien, no sería coherente por nuestra parte, el voto en contra de una RPT elaborada de acuerdo con un procedimiento que hemos aceptado, y con cuyo resultado final coincidimos en sus líneas esenciales.

POR QUÉ EXISTEN DIFERENCIAS

No entendemos ni compartimos a aquellos que defienden que todos cobren lo mismo dentro de determinadas Escalas, subescalas o categorías. Hemos trabajado para valorar cada uno de los puestos de trabajo, partiendo de las funciones y tareas de cada uno de dichos puestos. Si como resultado de ese trabajo, se concluye que existen diferencias entre ciertos puestos de trabajo, aún perteneciendo a la misma escala, subescala, o categoría, sería radicalmente injusto, ignorar las conclusiones, y tratar igual lo que no es igual. Es razonable que puedan existir diferencias en los complementos de destino y complementos específicos, respecto de estos últimos, hay que recordar que El principio de igualdad, interpretado profusamente por el TC, implica que se debe tratar igual las situaciones iguales, y con criterio diverso las situaciones desiguales. Eso es precisamente lo que ha ocurrido en este proceso. Si justicia es dar a cada uno lo suyo, eso es lo que se ha tratado de determinar en este caso. Al hilo de lo anterior, la jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la diversidad en complementos retributivos tales como el de destino y el específico, a partir de las diferencias entre los puestos de trabajo. Así lo hace en la sentencia de la sección 1ª, Sala de lo Contencioso Administrativo, de 15 de noviembre de 1994, al resolver un recurso interpuesto contra las diferencias en materia de complementos entre los letrados de la Seguridad Social y los Abogados del Estado. En otra sentencia de la misma sección y sala de 20 de mayo de 1994, señala el fundamento de derecho segundo: “el criterio que en alguna ocasión hemos aplicado para controlar la potestad administrativa de fijar los complementos- desde el punto de vista de la igualdad en la aplicación de la ley- es el de una clara identidad en las circunstancias concurrentes en los puestos de trabajo cuyos complementos se comparan. “ Las diferencias retributivas que resultan de esta RPT, son consecuencia de las distintas funciones de cada puesto de trabajo, aún en el caso de que pertenezcan a la misma Escala, subescala o categoría, y por ende, de la distinta valoración de acuerdo con los criterios predeterminados. Con todo ello queremos resaltar que las diferencias que recoge esta RPT no son, salvo prueba en contrario, arbitrarias, ni injustificadas, ni desproporcionadas.
En este punto, sí queremos hacer referencia expresa al caso de los administrativos. Se trata de cinco puestos de trabajo, de los cuales dos aparecen configurados como resultado de esta modificación de la RPT con un complemento de destino nivel 21, frente al nivel 19 de los otros tres puestos, y una diferencia de, aproximadamente, 400 euros en el complemento específico. Los puestos valorados con el nivel 21 y un complemento específico mayor, lo fueron en razón de la mayor puntuación en uno de los factores: gestión de recursos humanos. De acuerdo con las actas de la comisión, la votación en la puntuación de este factor, fue unánime. En ese factor la comisión valoró que esos dos puestos tenían a su mando a determinados funcionarios, y por ende, procedía otorgar mayor puntuación. En el manual en el que se describen los puestos, se hace referencia en estos casos concretos a jefaturas de negociado. Por otro lado, si dos de los cinco puestos de administrativos tienen mando sobre otros empleados públicos, resulta pertinente que sea como titulares de una unidad administrativa en forma de jefatura de negociado. Si esto es así, estaríamos hablando de puestos singularizados, que se definen como aquellos que son de estructura orgánica, o tienen funciones específicas que los distinguen del resto. En ese caso, esto es, si estos dos puestos fueran singularizados, procedería sacarlos a concurso de méritos entre los funcionarios de carrera de la subescala correspondiente. Este es un asunto que habrá que aclarar convenientemente en próximas reuniones de la comisión de personal.
Hay un asunto importante que esta RPT no aborda de la manera que el Partido Popular propuso en la comisión. Me refiero a la aplicación de la ley de incompatibilidades. No obstante, este grupo municipal ha presentado una propuesta para empezar a dar pasos en lo que consideramos es la dirección correcta. Por eso pediremos en el siguiente punto del orden del día que este Pleno apruebe una solicitud de dictamen al Consejo Consultivo. Un órgano externo e independiente que pueda clarificar ciertos aspectos relativos a este asunto.

CONCLUSIÓN

A modo de conclusión, por ser esta modificación de la RPT necesaria para la mejor gestión del personal de este Ayuntamiento; por ser asumible desde el punto de vista presupuestario; por ser un instrumento que trata individualizada y objetivamente cada puesto de trabajo; y por ser respetuosa con la legalidad, como pone de manifiesto el informe preceptivo de Intervención, el Partido Popular va a votar a favor de la aprobación de la modificación de la RPT.

miércoles, 9 de septiembre de 2009

ASÍ FUNCIONA EL TRIPARTITO DE CARREÑO!

Para comprobar el funcionamiento de los que nos gobiernan en Carreño, el "tripartito de la eficiencia", PSOE, IU y URAS, os podemos informar de lo siguiente: desde el mes de junio, no se ha celebrado ninguna reunión de la comisión encargada de los festejos. Toda la planificación de las fiestas del Santísimo Cristo de Candás, ha sido realizada por cuenta y riesgo del equipo de gobierno, sin consultar absolutamente nada con el resto de partidos políticos de la corporación. Desde luego, el PP se ha enterado de la programación de las fiestas, al mismo tiempo que el resto de vecinos.
Vemos desde el PP de Carreño que la palabra de concejal socialista con luz y taquígrafos en el Pleno, vale de muy poco. El concejal encargado de estos asuntos, "Colón", se comprometió a celebrar reuniones de la comisión que, al día de la fecha, han brillado por su ausencia. En definitiva, que las palabras consenso, talante, y similares, términos que tanto gustan a los autodenominados "progresistas", no están en el diccionario del "tripartito de la eficiencia".