viernes, 29 de septiembre de 2017

Pleno de septiembre de 2017 del Ayuntamiento de Carreño

Pleno celebrado el 28 de septiembre de 2017.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.

1. Aprobación de actas anteriores.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADO POR UNANANIMIDAD.

2. Cuenta general de 2016.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 6. PSOE(6).
NO: 0.
ABSTENCIÓN: 11. PP(4),SOMOS(4),IU(3).

3. Dación de cuenta de las resoluciones de la alcaldía de julio y agosto.

4. Dación de cuenta de resoluciones judiciales.

5. Adhesión al consorcio para la construcción de una perrera en la comarca de Avilés.

El asunto fue llevado fuera del orden del día, sin informe económico y con un informe jurídico que fue entregado a los grupos políticos en el mismo acto del pleno, es decir, el expediente carecía de la información preceptiva para pronunciarse respecto de su contenido. Por todo ello, PP, Somos e IU votamos en contra de la inclusión del asunto en el orden del día por la vía de urgencia, lo que determinó que este asunto no fuera votado en cuanto a la adhesión al consorcio.

6. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.

1. Hemos planteado como ruego que, dado que hemos celebrado dos plenos seguidos sin solución de continuidad, se perciba una única dieta por asistencia para los concejales.

2. Hemos afeado al Gobierno la lentitud en la tramitación de las inversiones del remanente de 2016. Estamos casi en octubre y aún no están aprobadas, por lo que obras que ordinariamente deberían estar terminadas en 2017, a buen seguro se prolongarán a lo largo de 2018.

3. Hemos pedido al Gobierno que explique la dimisión del concejal Onésimo Velasco anunciada en prensa en agosto.

La alcaldesa ha respondido que el concejal decidió no hacer efectiva su renuncia después de "solucionar sus problemas personales".

4. Hemos preguntado si los recientes problemas de mala recepción de la señal de televisión, además de tener que ver con el estado de la vegetación, están relacionados con algún otro problema técnico.

La alcaldesa ha respondido que se han tramitado cien quejas de diferentes vecinos, y que espera que la empresa operadora aclare si hay algún problema adicional.

5. Hemos puesto sobre la mesa los problemas existentes en el área de personal: los trabajadores protestan por la falta de cumplimiento de los compromisos del Gobierno local en relación con la negociación de un nuevo convenio colectivo y la modificación de la relación de puestos de trabajo. Especial lacerante es la situación de las educadoras de la escuela de 0 a 3 años: el Ayuntamiento acaba de devolver 12.000 euros de la subvención del Principado, y al mismo tiempo se niega a incrementar el salario en las modestas proporciones que solicitan estas trabajadoras.

El Gobierno sigue enrocado en que está trabajando en todas las peticiones pero lo cierto es que, en este tema igual que en los demás, pasan los meses, se consume el mandato de cuatro años, y no hay ninguna solución encima de la mesa.

6. Hemos puesto sobre la mesa las quejas de los vecinos sobre los puntos elegidos para hacer las mediciones del estudio sobre ruidos.

La alcaldesa ha desestimado esas quejas diciendo que se ha medido en los sitios pedidos por los vecinos, y además en otros diferentes. Al final la respuesta ha quedado despachada indicando la señora Fernández que lo importante es que el problema del ruido lo arregle el Gobierno de España.

7. Asimismo en el Pleno hemos denunciado que un año y medio después de la aprobación de la ordenanza municipal de transparencia, el Ayuntamiento sigue incumpliendo contenidas en esa norma y en la legislación estatal.

La alcaldesa ha dicho que la nueva página será presentada a finales de octubre. A ver si es verdad, y a ver de qué informan.

8. Hemos preguntado qué pasa con la convocatoria de ayudas al pago la luz que no terminan de ser publicada.

El Gobierno no ha aclarado por qué no se han convocado aún estas subvenciones.

Pleno extraordinario de declaración de hijo predilecto

Pleno celebrado el 28 de septiembre de 2017.

Asistentes: todos los concejales de la corporación excepto Marta García, del PP, ausente por razones laborales.

El Pleno aprobó por unanimidad la declaración de don Alfredo Menéndez Menéndez como hijo predilecto de Carreño, de acuerdo con los números méritos atesorados como un artista prolífico, especialmente en el ámbito de la pintura, que con entrega y generosidad, ha puesto su don de artista  muy especialmente al servicio de su pueblo, engalanando calles, plazas y templos religiosos. ¡Felicidades Alfredo!

miércoles, 13 de septiembre de 2017

Cellnex Telecom debe garantizar la señal de televisión

Hay gran malestar en Candás desde hace meses por los problemas existentes en la recepción de la señal de televisión en muchos hogares de la villa. Ocurre que desavenencias entre la empresa prestadora del servicio y la propiedad de la parcela en la que se ubica el repetidor, impiden que se hagan las necesarias labores de conservación de dicha parcela, lo que repercute en la efectividad del repetidor. Pues bien, transcurridos varios meses, y ante las numerosas quejas existentes, desde el PP de Carreño exigimos a Cellnex Telecom que resuelva este problema, porque es esa empresa la que tiene la concesión para prestar el servicio y garantizar que llegue la señal de televisión. Hasta ahora no sólo no hay avances, sino que ni siquiera se está dando a los vecinos la información necesaria para explicar lo que ocurre. Por otro lado, puestos en comunicación con el propietario, nos ha trasladado que probablemente el problema se resuelva este mes. Sin embargo, consideramos que por el tiempo transcurrido, la resolución debería ser inmediata, por eso pedimos a las dos partes implicadas que se esfuercen y permitan que el repetidor pueda funcionar correctamente.

Desde el ámbito político municipal, es cierto que el papel es más de intermediación que de otra cosa, pero queremos poner de relieve que en todo este tiempo, tanto por parte del Ayuntamiento como por parte del Principado, ha existido un apagón informativo que ha contribuido a crear más confusión. De hecho, llevamos con problemas desde primavera, y es ahora cuando el Gobierno ha dado las primeras explicaciones públicas y el anuncio de acciones. Desde el PP le planteamos al Gobierno hace varias semanas la posibilidad de que el Ayuntamiento dicte una orden de ejecución al amparo de la legislación urbanística para que la parcela del repetidor esté en las condiciones necesarias para que dicho repetidor funcione, y aún no sabemos si  se ha estudiado la viabilidad jurídica de esta opción para el caso de que sigamos sin acuerdo entre las dos partes. Por todo ello, pedimos al Gobierno que, de no tener una solución encima de la mesa en cuestión de días, convoque al resto de grupos políticos para adoptar decisiones que permitan avanzar en la resolución de esta cuestión que preocupa a muchos vecinos.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

jueves, 7 de septiembre de 2017

El Plan de Carreño sobre el bable "no tiene valor jurídico alguno"

El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de Gijón ha dictado sentencia desestimando el recurso interpuesto por el grupo municipal popular, si bien la resolución judicial afirma que el plan de normalización lingüística de Carreño no tiene valor jurídico alguno, y como declaración política que es, ni tiene efectos ni puede fundar ningún tipo de actuación administrativa por parte del Ayuntamiento.

Este último es, a nuestro juicio,  el aspecto positivo de la sentencia, esto es, que el Magistrado afirma que el Plan de normalización del bable en Carreño carece de valor jurídico, no tiene efectos ni se puede esgrimir para fundar acciones administrativas del Ayuntamiento. Sin embargo, la sentencia nos parece decepcionante en el sentido de que no entra en el fondo del asunto, es decir, no entra a analizar la legalidad de las medidas que contiene el Plan promovido por el PSOE, Somos e IU. Así por ejemplo, la sentencia no analiza si es legal o no establecer que el bable sea una lengua de uso institucional del mismo modo que el castellano, que es tanto como decir que el bable es lengua oficial. Tampoco se determina si es legal o no la valoración del bable en el ámbito del empleo público, o en el de las subvenciones, o la traducción al bable de la  documentación administrativa. Estos son todos aspectos sustantivos que recoge el Plan que nosotros recurrimos, en el entendimiento de que el Ayuntamiento no tiene competencia para  aprobar estas medidas que,  además, exceden el estatuto jurídico del bable y van en la línea de equiparar en el ámbito de la Administración el bable al castellano, como si el primero fuera una lengua oficial. Sin embargo,  la sentencia no analiza ninguna de esas cuestiones y razona que no procede su anulación porque el Plan no tiene valor jurídico al ser calificado por el Pleno como declaración política,  lo cual equivale a señalar que es papel mojado.

Pues bien, visto lo anterior, el PP tiene la intención de recurrir esta sentencia porque pensamos que este es un asunto de importancia e interés general,  respecto del que es bueno que se pronuncie el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Consideramos que no es suficiente que se afirme que el Plan carece de valor jurídico, y nos preocupa  que  se admita que el Pleno de un Ayuntamiento pueda aprobar casi cualquier cosa, y validarlo a posteriori con el argumento de que es una declaración política sin valor jurídico. Desde el máximo respeto a esta resolución judicial, creemos que se debió entrar en el fondo del asunto, que en este caso y a nuestro juicio,  pasa por la extralimitación del Pleno a la hora de incidir en la regulación del bable en términos contrarios a lo que contempla la ley. A nuestro juicio, estas cuestiones relativas al bable que aborda el Plan,  son competencia del Parlamento asturiano, pero no del  Ayuntamiento en los términos que se ha hecho. Quizás haya gente que no da importancia a esta cuestión, pero si se siguen dando pasos en la línea que pretende la izquierda cómplice de los nacionalistas, Asturias podría llegar a tener la oficialidad del bable por la puerta de atrás, lo que conduce a más intervencionismo de la Administración, más gasto y al menoscabo de los derechos de los ciudadanos en el uso de la lengua común de los españoles que es el castellano o español.

El razonamiento que motiva toda la sentencia podría resumirse en estos dos párrafos que transcribimos textualmente:

“Hemos de desestimar los motivos impugnatorios alegados, en base, de nuevo, a considerar que las previsiones contenidas en el Plan impugnado no tienen carácter vinculante ni valor jurídico alguno, al tratarse de una declaración programática que carece de efectos jurídicos. Se alega por los recurrentes que pese a la aclaración de la naturaleza de dicho Plan realizada por el acuerdo del Pleno de 28-4-16, el texto del Plan en su formulación, objetivos y actuaciones específicas previstas no se compadece con dicha nota aclaratoria que pretende salvar la legalidad sin variar ni uno solo de sus contenidos sustantivos.

Sin embargo, dicha aclaración resulta relevante, por cuanto, como ya hemos razonado, constituye un acto propio del Pleno que no puede ser desconocido por el mismo, de modo que cualquiera de las actuaciones previstas en el Plan que se ejecuten, no pueden encontrar cobertura normativa en el mismo, ni tampoco pueden fundamentar su legalidad en dicho Plan. Será en el momento en que se aprueben o modifiquen las ordenanzas que recojan previsiones contenidas en el Plan impugnado o al aprobarse las correspondientes convocatorias (de subvenciones, función pública, etc.), o, en fin, al dictar cualquier acto o realizar cualquier actuación administrativa susceptibles de producir efectos jurídicos, cuando procederá, en su caso, plantear el correspondiente recurso o impugnación.”

LA NOTICIA EN LA PRENSA: