lunes, 26 de febrero de 2018

Clamor a favor de la prisión permanente

El último sábado en Candás, en sólo dos horas, el PP recogió 312 firmas a favor de la prisión permanente revisable que la izquierda quiere suprimir, con la abstención cómplice de Ciudadanos.

El Tribunal Superior anula el plan de normalización del bable aprobado por PSOE, Somos e IU

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA),  ha estimado el recurso de apelación interpuesto por los concejales del PP de Carreño, actuando como abogada la concejala Joana Canals, y ha procedido a anular el Plan de normalización lingüística aprobó por el Pleno del Ayuntamiento en enero de 2016 con los votos a favor del PSOE, Somos e IU, y el voto en contra del Partido Popular.

En enero de 2016 el Pleno del Ayuntamiento aprobó un plan de normalización lingüística al que nos opusimos desde el primer momento tanto por cuestiones esenciales de tramitación, como por cuestiones de fondo, porque entendíamos que el plan era una declaración encubierta de oficialidad del bable.

Desde el punto de vista formal señalábamos como principal carencia la ausencia de un informe económico que la ley exige, al objeto de analizar la repercusión del plan en el ámbito de los ingresos y los gastos municipales, cuando lo cierto es que el Plan recogía actuaciones a las que se obligaba el Ayuntamiento y que suponían un desembolso para las arcas municipales.

En cuanto al fondo del asunto, pedíamos la anulación de una serie de previsiones del Plan porque entendíamos que el Ayuntamiento no era competente para su aprobación, y porque establecía una regulación en el ámbito del procedimiento administrativo, de la valoración del conocimiento del bable para los empleados públicos, y de la concesión de subvenciones, que considerábamos abiertamente ilegales porque lo hacían como si dicha lengua fuese oficial. Es más, el Plan llegaba a contemplar que El Ayuntamiento de Carreño acepta de modo formal que el asturiano es, junto con el castellano, lengua propia de uso institucional”, lo cual equivale a considerar que el bable es  una lengua oficial, cuando la ley no le reconoce tal condición.

Este Plan fue recurrido por el PP de Carreño ante el Juzgado Contencioso Administrativo y este  concluyó su validez porque el Ayuntamiento había reconocido que el mismo carecía de efectos jurídicos. Frente a esa sentencia interpusimos recurso de apelación,  y ahora el TSJA nos da la razón por entender que efectivamente el Plan sí tiene efectos jurídicos, que es una norma con una regulación amplia en diversos ámbitos que no ha sido tramitada como la ley exige, y concretamente señala que la ausencia de informe económico conlleva la anulación de todo el Plan por ser un vicio esencial del procedimiento de aprobación, sin necesidad de entrar en otros aspectos de su contenido.

Le  pedimos a la alcaldesa y al PSOE que no consuman más tiempo y recursos en intentar aprobar la oficialidad del bable por la puerta de atrás. En este último año de mandato, deben centrarse en los asuntos en los que sí tiene competencia el Ayuntamiento, y dejar que sean las Cortes y el Parlamento de Asturias los que aborden estas cuestiones relacionadas con el bable porque son los órganos competentes. Les pedimos que no intenten aprobar de nuevo un Plan que acaba de ser anulado, y que renuncien a establecer obligaciones para vecinos y funcionarios y más gasto para el Ayuntamiento, como pretendieron hacer en la norma que la izquierda sacó adelante en enero de 2016, ahora tumbada por el TSJA.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:


viernes, 23 de febrero de 2018

Pleno de febrero de 2018 del Ayuntamiento de Carreño

Pleno celebrado el 22 de febrero de 2018.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.

1. Lectura y aprobación del acta de la sesión de fecha 25 de enero de 2018.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

 2. Dación de cuenta: escrito en el que el presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón plasma su opinión sobre el Acuerdo Plenario de fecha 28-12-2017 relativo a moción sobre dietas en organismos externos. 

3. Moción Grupo Municipal Somos Carreño para solicitar a la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente el inicio de las labores de reparación y acondicionamiento de la AS-19 en el tramo de El Empalme hasta Veriña. 

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

4. Moción de los Grupos Municipales PSOE y Somos Carreño, de apoyo a la "huelga feminista".

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 13. PSOE(6), SOMOS(4), IU(3).
NO: 0.
ABSTENCIÓN: 4. PP(4).

5. Moción del PSOE sobre las pensiones.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 13. PSOE(6), SOMOS(4), IU(3).
NO: 4. PP (4).
ABSTENCIÓN:0.

Que los que han fundido el país las dos veces que han gobernado, y los únicos que han congelado las pensiones, es decir, los socialistas, lleven al Pleno una moción populista e irreal sobre las pensiones, da una mezcla de vergüenza y risa.

6. Dación de cuenta: resoluciones de la Alcaldía de enero 2018. 

7. Dación de cuenta: resoluciones judiciales: Sentencia 76/2018 Sala Conten-Adm. Secc. 3ª Tribunal Supremo. Rec. Ordinario: 4376/2015 

8. Dación de cuenta: informe de los Servicios Jurídicos sobre los posibles recursos contra la sentencia 76/2018. P. O. 4376/2015.

9. Moción del PP de apoyo a la flexibilización de los usos de hórreos y paneras.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZO.
SÍ: 4.PP(4).
NO: 10. PSOE(6), SOMOS(4).
ABSTENCIÓN:3. IU(3).

Texto de la moción:

Hórreos, paneras y cabazos son construcciones imprescindibles del paisaje y de la realidad histórica y cultural de Asturias. Su singularidad es tal que, si tuviésemos que elegir una imagen para describir la idiosincrasia asturiana, muy probablemente el hórreo, la panera y el cabazo estarían entre las opciones predilectas.

Los hórreos y paneras en toda Asturias, especialmente en las zonas central y oriental,  y los cabazos en la zona occidental, están ligados a la manera de vivir, organizarse y conservar los alimentos en el medio rural. Sin embargo, es un hecho que en las últimas décadas se ha producido una reducción del peso del sector primario en la economía regional, así como un relevante movimiento de población de las zonas rurales a las urbes. En esas circunstancias, las construcciones tradicionales ligadas al poblamiento del campo y a las actividades propias del medio rural, han ido perdiendo su funcionalidad originaria, pero al mismo tiempo muchas de esas edificaciones han permanecido incólumes, como testigos fieles, orgullosos y perennes de la cultura regional.

En el contexto anteriormente descrito, la legislación  autonómica que tiene por objeto  la conservación, protección, investigación, enriquecimiento, fomento y difusión del patrimonio cultural de Asturias, y que en  nuestra región se manifiesta jurídicamente en la vigencia de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, ha incluido en su ámbito regulador al denominado patrimonio etnográfico, que en el artículo 69 de la ley precitada se define como “las expresiones relevantes o de interés histórico de las culturas y formas de vida tradicionales de los asturianos, desarrolladas colectivamente y basadas en conocimientos y técnicas transmitidos consuetudinariamente, esencialmente de forma oral.” Pues bien, dentro del patrimonio etnográfico, el artículo 75 se dedica a la protección de hórreos, paneras y cabazos, y lo hace estableciendo los siguientes principios:

- Prohibición de construcción de hórreos, paneras y cabazos desvinculados de la vivienda.
- Que las nuevas edificaciones de estos elementos respondan a los materiales y características tradicionales asociadas a estas construcciones.
- Que los usos autorizables no menoscaben su valor cultural.
-  Establecimiento de unas limitaciones constructivas para las edificaciones anteriores a 1900.

En los últimos meses miles de asturianos han firmado una iniciativa ciudadana para flexibilizar los usos autorizables de hórreos, paneras y cabazos, en el entendimiento de que la mejor manera de conservar ese patrimonio, es  dotarlo de utilidad, permitiendo que lo que hoy en día son elementos pasivos que originan cargas a sus propietarios, se conviertan en bienes que, al mismo tiempo que deben ser conservados, se permita su aprovechamiento para el desarrollo económico, cultural y social en el ámbito rural asturiano.

Así pues, a partir de la legislación vigente y de la situación actual del medio rural, el objeto de esta ley es armonizar la protección plena de hórreos, paneras y cabazos, con una clarificación del concepto de usos autorizables, de tal manera que estas construcciones integrantes del patrimonio etnográfico, sean  también elementos dinamizadores de la economía y el desarrollo social en el medio rural, y en ese sentido, que este aspecto quede consagrado en una norma con rango de ley, es una clara apuesta por la modernización de la normativa aplicable y por la remoción de obstáculos y escollos que actualmente existen en el ámbito rural asturiano.

 Por todo, sería oportuno la modificación del artículo 75 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, con el objetivo de amoldar la regulación legal a la realidad, admitiendo expresamente una mayor funcionalidad de los usos autorizable en hórreos, paneras y cabazos, siempre que se respete el aspecto exterior tradicional de este tipo de construcciones, así como las condiciones de habitabilidad que establece la legislación sectorial en la materia, como ha instado el Grupo Parlamentario Popular en la Junta General del Principado a través de una Proposición de Ley que pretende la modificación del artículo 75, apartado 3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, que pasaría a tener la siguiente redacción:

 “3. Serán autorizables los usos de hórreos, paneras y cabazos que no menoscaben su valor cultural, contribuyan al desarrollo económico, cultural, social o demográfico del medio rural asturiano, y especialmente los que permitan el aprovechamiento complementario de estas construcciones en el ámbito de la habitación y vivienda. En todo caso deberán concurrir los siguientes requisitos:
a)      Que se cumplan los requerimientos estéticos y constructivos que establece el apartado 2.
b)      Que las edificaciones sean de nueva construcción, o bien cuando ya estén construidas, no tengan un nivel de protección cultural incompatible con dicho uso.”.

Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta la importancia de hórreos y paneras muy especialmente en nuestro concejo, que incluso tiene un estilo característico e identificable dentro de Asturias, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente MOCIÓN para su aprobación:

PRIMERO. Que por el Ayuntamiento en Pleno se acuerde mostrar su apoyo a la Proposición de Ley que pretende la modificación del artículo 75, apartado 3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, en los términos que han sido indicados con anterioridad.

SEGUNDO. Notificar esta moción al Consejero de Educación y Cultura y a los Grupos Parlamentarios de la Junta General del Principado de Asturias.

10. Moción del PP de apoyo al manifiesto por un aire sano.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 11. PP (4), SOMOS(4), IU(3).
NO:6. PSOE(6).
ABSTENCIÓN:0.

Haciéndonos eco de la propuesta planteada por la Asociación de Vecinos de Tamón, el portavoz que suscribe en nombre y representación del grupo municipal popular, presenta esta moción al objeto de que sea debatida y votada en el pleno ordinario de febrero:

“ La Plataforma regional “Asturies por un Aire Sano”,  solicitamos la siguiente propuesta de acuerdo ante el pleno del día 22 de febrero de 2018  del Ayuntamiento de Carreño.

MANIFIESTO ASTURIES POR UN AIRE SANO – MOVILIZACIÓN 18 DE MARZO

Las organizaciones vecinales, ecologistas, sociales y personas a nivel individual que hemos decidido constituir Asturies por un aire sano lo hacemos desde la preocupación por los niveles de contaminación ambiental existentes en nuestra comunidad y su repercusión sobre la salud de las personas. Es un hecho constatado para nosotras que la mayor parte de la población de Asturies respira aire contaminado por partículas en suspensión y otros contaminantes cancerígenos como el benceno.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la contaminación con partículas conlleva efectos sanitarios incluso en muy bajas concentraciones; de hecho, no se ha podido identificar ningún umbral por debajo del cual no se hayan observado daños para la salud.

Por ello, nos unimos bajo una serie de principios que sirven de base a nuestras reivindicaciones:

La salud no se vende ni se delega, se defiende. La salud es el bien más preciado de las personas y necesitamos de la implicación colectiva para lograr que se tomen medidas efectivas que reduzcan de manera drástica los efectos negativos que la contaminación está produciendo en la salud de las personas y del medio ambiente.

El empleo industrial no se defiende con instalaciones decadentes, con procesos industriales obsoletos ni desde el más absoluto desprecio medioambiental. La salud de los y las trabajadoras no se puede supeditar ni a la productividad ni a los beneficios empresariales. Es una necesidad y tarea de todas, el tránsito hacia un nuevo modelo productivo innovador y sostenible como garantía del mantenimiento del carácter industrial de Asturies.

Las actuaciones en materia de movilidad y gestión de tráficos deben ser coordinadas desde lo local a lo regional. Se debe establecer la prioridad del uso de transporte público, las actuaciones de mejora e impulso del ferrocarril, así como las medidas que conlleven un progresivo abandono del actual modelo vinculado al transporte por carretera de mercancías o al uso del coche particular en desplazamientos cercanos en favor de alternativas como el uso de la bicicleta.

Apostamos por la elaboración de un plan de residuos real y efectivo que favorezca el reciclaje y descarte el modelo de incineración integral o en instalaciones industriales. Se deben poner en marcha de igual modo planes de actuación para terminar con la alta contaminación acústica de origen industrial, del tráfico o de zonas de ocio que se sufren en algunos puntos de Asturies. Asimismo, denunciamos la situación en la que se encuentra la calidad de las aguas y la nefasta política de tratamiento de aguas residuales que sufren algunas zonas.

Exigimos transparencia y claridad a las Administraciones, con protocolos sencillos y efectivos dirigidos a la población a través de todos los medios al alcance (incluyendo los medios de comunicación generalistas), cuando se produzcan situaciones de mala calidad del aire, así como la puesta en marcha de limitaciones reales a las actividades que generen contaminación en días de altas concentraciones y su exigente seguimiento. Para ello, solicitamos una información real de las instalaciones de medición y su correcta localización bajo criterios de obtención precisa de datos.

Por todo ello, el colectivo “Asturies por un Aire Sano” desarrollará campañas de información y movilización social para exigir a las correspondientes Administraciones Públicas el desarrollo de planes integrales y concretos para que la población de los municipios con problemas de contaminación pueda disfrutar de su derecho a la salud y también continuará la lucha por la aplicación efectiva de cuantas medidas sean necesarias para reducir la contaminación.

PROPUESTA DE ACUERDO:

El Pleno del Ayuntamiento de Carreño, a través de la presente Propuesta de Acuerdo presentada por el colectivo Asociación de Vecinos San Juan de Tamón insta a:

Apoyar y participar de manera activa en la movilización que tendrá lugar el Domingo 18 de Marzo a las 12:00 horas en la ciudad de Gijón/Xixón, bajo el lema: Asturies, paraísu contaminao impulsada por el colectivo Asturies por un Aire Sano.

 Tomar cuantas medidas tenga a su alcance y sean de su competencia en las materias recogidas en la exposición de motivos, así como otras encaminadas a la mejora del medioambiente y la salud de vecinas/os.

 Instar a la administración regional, nacional y comunitaria a mejorar de manera decidida la vigilancia, control y desarrollo legislativo en materia medioambiental conforme a los estándares marcados por la OMS sobre protección de la salud de las personas.

11. Moción de Somos relativa a la utilización del campo de hierba por parte del equipo de rugby Candás.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZO.
SÍ:4. SOMOS (4).
NO:10. PSOE(6), PP(4).
ABSTENCIÓN:3. IU(3).

Hemos votado en contra por la incompatibilidad de usos entre el campo de fútbol que se pretendía utilizar para jugar partidos de rugby, y la práctica del fútbol que es el deporte que se viene desarrollando en esa instalación, que además es mantenida por el Victoria, que es el equipo de Carreño que viene usando ese campo. La incompatibilidad de usos es una cuestión que se nos ha trasladado desde el Patronato Deportivo Municipal.

12. Fiestas locales para 2019: 1 de agosto, San Félix,  y 14 de septiembre, Santísimo Cristo de Candás.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

13. Petición al Catastro de aplicación de coeficiente para la reducción de los valores catastrales a partir del 1 de enero de 2019.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

14. Denominación y numeración de las calles de Xivares.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

15. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.

1. Hemos preguntado por las acciones del Ayuntamiento para solucionar el problema de ruidos que llevan años denunciando los vecinos de un inmueble de Candás en el entorno de las calles Braulio Busto y Calleja Nolo.

2. Hemos preguntado cuándo se va a licitar la cafetería del Polivalente.

La alcaldesa ha señalado que responderá por escrito ambas preguntas.

lunes, 19 de febrero de 2018

Gestión urbanística del PSOE de Carreño: la nada más absoluta

En septiembre de 2015 el Tribunal Superior de Justicia de Asturias dictó sentencia anulando el texto refundido del Plan General de Ordenación de Carreño, la norma urbanística más importante del concejo. La anulación ha supuesto que hay dos zonas del municipio que no tienen un planeamiento urbanístico actualizado (partes importantes de las parroquias de Carrió y Perlora), así como la carencia de un texto definitivo que unifique todas las previsiones aplicables en el ámbito urbanístico. Asimismo, la inexistencia de un texto refundido impide que se avance en cambios necesarios e importantes del Plan General de Ordenación. Hasta que no haya texto refundido, no se pueden aprobar modificaciones del Plan.

Han pasado dos años y medio desde esa sentencia, y el Gobierno ha sido incapaz de llevar al Pleno la aprobación del texto refundido reuniendo para ello los votos necesarios. Lo hizo el año pasado, pero su propuesta fue desestimada por el resto de partidos dado que no tenía el consenso vecinal. Por aquel entonces, desde la oposición, y señaladamente el PP, trasladó al PSOE la necesidad de crear un grupo de trabajo con todos los grupos municipales así como con representantes de la asociación de vecinos de Perlora, por ser esta una de las parroquias más afectadas, así como por ser la entidad que recurrió el texto refundido que resultó anulado por los tribunales. Sin embargo, han pasado los meses, y vemos que no se dan pasos. En la última comisión informativa de Urbanismo preguntamos por el asunto, y se nos dijo por parte del Gobierno que se va a retomar, pero a estas alturas no tenemos mucha confianza en que pueda haber avances significativos.

Realmente este mandato está pasando en blanco en materia urbanística. El Plan General data de 2011, no tenemos texto refundido, los problemas en Carrió y Perlora siguen sin solución, en el ámbito urbano existen unidades de actuación que el plan vigente configura de tal manera que es imposible desarrollarlas, tampoco hay avances en el plan especial de Albo, y muchos vecinos de la zona rural piden cambios sin que sus peticiones sean atendidas. En definitiva, el gobierno local está demostrando una dejadez en este campo que lastra uno de los factores de desarrollo del concejo, cual es una ordenación del territorio de acuerdo con las necesidades del concejo y de sus habitantes. Pedimos al PSOE que se ponga las pilas porque a un año de que termine este mandato, y dado que estas cuestiones son de larga tramitación, si no hay pasos significativos rápidamente, podría ocurrir que estos cuatro años pasen sin conseguir ningún progreso en cuestiones urbanísticas, salvo algo tan elemental y ordinario como la autorización de licencias.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

jueves, 8 de febrero de 2018

Publicado en el BOPA el acuerdo sobre percepción de dietas en organismos externos

Se trata del acuerdo plenario aprobado en diciembre a iniciativa del PP, para que los representantes municipales no perciban dietas por asistencias a reuniones de organismos externos. La Junta General del Principado aprobó en 2016 una norma de rango legal de contenido  similar,  también a propuesta del Partido Popular.


martes, 6 de febrero de 2018

Centro musical: una sentencia obliga a su construcción

Ante las declaraciones de la alcaldesa que pide el apoyo de los grupos parlamentarios para sacar adelante la inversión del Centro de la Música de Candás, desde el PP queremos recordar que esa obra deriva de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, la cual es firme y por ende de obligado cumplimiento, con independencia de que haya o no presupuesto.

Estamos en el mismo supuesto de las obras de afianzamiento de la ladera del paseo marítimo y de la pavimentación de varias calles de Candás, desde la entrada por la Matiella hasta el referido paseo. Esas obras las tuvo que hacer el Principado en cumplimiento de una sentencia que le obligaba a ello, después de que la administración autonómica incumpliera el convenio firmado con el Ayuntamiento para la cesión del paseo marítimo y otros viales autonómicos.

Pues bien, en el caso del Centro de la Música, esa obra estaba incluida en el Plan A aprobado por el gobierno regional en 2010. No se ejecutó y el Ayuntamiento se vio obligado a recurrir a los tribunales, y estos nos dieron la razón hace ya más de un año. En consecuencia, acumulamos un retraso ya superior al año en el cumplimiento de la precitada resolución judicial, que debe ser llevada a cabo a la mayor brevedad posible, sin que la situación de prórroga afecte en nada. En este punto hay que recordar que una Administración no puede ampararse en una situación de prórroga para incumplir una sentencia. Por todo ello, pedimos que no utilicen excusas que no proceden, y si el proyecto ya está listo, se inicie con inmediatez la licitación de las obras.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

lunes, 5 de febrero de 2018

Hórreos y paneras del siglo XXI

Texto de la moción registrada por el PP para su debate y votación en el pleno ordinario de febrero:

Hórreos, paneras y cabazos son construcciones imprescindibles del paisaje y de la realidad histórica y cultural de Asturias. Su singularidad es tal que, si tuviésemos que elegir una imagen para describir la idiosincrasia asturiana, muy probablemente el hórreo, la panera y el cabazo estarían entre las opciones predilectas.

Los hórreos y paneras en toda Asturias, especialmente en las zonas central y oriental,  y los cabazos en la zona occidental, están ligados a la manera de vivir, organizarse y conservar los alimentos en el medio rural. Sin embargo, es un hecho que en las últimas décadas se ha producido una reducción del peso del sector primario en la economía regional, así como un relevante movimiento de población de las zonas rurales a las urbes. En esas circunstancias, las construcciones tradicionales ligadas al poblamiento del campo y a las actividades propias del medio rural, han ido perdiendo su funcionalidad originaria, pero al mismo tiempo muchas de esas edificaciones han permanecido incólumes, como testigos fieles, orgullosos y perennes de la cultura regional.

En el contexto anteriormente descrito, la legislación  autonómica que tiene por objeto  la conservación, protección, investigación, enriquecimiento, fomento y difusión del patrimonio cultural de Asturias, y que en  nuestra región se manifiesta jurídicamente en la vigencia de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, ha incluido en su ámbito regulador al denominado patrimonio etnográfico, que en el artículo 69 de la ley precitada se define como “las expresiones relevantes o de interés histórico de las culturas y formas de vida tradicionales de los asturianos, desarrolladas colectivamente y basadas en conocimientos y técnicas transmitidos consuetudinariamente, esencialmente de forma oral.” Pues bien, dentro del patrimonio etnográfico, el artículo 75 se dedica a la protección de hórreos, paneras y cabazos, y lo hace estableciendo los siguientes principios:

-   Prohibición de construcción de hórreos, paneras y cabazos desvinculados de la vivienda.

- Que las nuevas edificaciones de estos elementos respondan a los materiales y características tradicionales asociadas a estas construcciones.

- Que los usos autorizables no menoscaben su valor cultural.

- Establecimiento de unas limitaciones constructivas para las edificaciones anteriores a 1900.

En los últimos meses miles de asturianos han firmado una iniciativa ciudadana para flexibilizar los usos autorizables de hórreos, paneras y cabazos, en el entendimiento de que la mejor manera de conservar ese patrimonio, es  dotarlo de utilidad, permitiendo que lo que hoy en día son elementos pasivos que originan cargas a sus propietarios, se conviertan en bienes que, al mismo tiempo que deben ser conservados, se permita su aprovechamiento para el desarrollo económico, cultural y social en el ámbito rural asturiano.

Así pues, a partir de la legislación vigente y de la situación actual del medio rural, el objeto de esta ley es armonizar la protección plena de hórreos, paneras y cabazos, con una clarificación del concepto de usos autorizables, de tal manera que estas construcciones integrantes del patrimonio etnográfico, sean  también elementos dinamizadores de la economía y el desarrollo social en el medio rural, y en ese sentido, que este aspecto quede consagrado en una norma con rango de ley, es una clara apuesta por la modernización de la normativa aplicable y por la remoción de obstáculos y escollos que actualmente existen en el ámbito rural asturiano.

Por todo, sería oportuno la modificación del artículo 75 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, con el objetivo de amoldar la regulación legal a la realidad, admitiendo expresamente una mayor funcionalidad de los usos autorizable en hórreos, paneras y cabazos, siempre que se respete el aspecto exterior tradicional de este tipo de construcciones, así como las condiciones de habitabilidad que establece la legislación sectorial en la materia, como ha instado el Grupo Parlamentario Popular en la Junta General del Principado a través de una Proposición de Ley que pretende la modificación del artículo 75, apartado 3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, que pasaría a tener la siguiente redacción:

“3. Serán autorizables los usos de hórreos, paneras y cabazos que no menoscaben su valor cultural, contribuyan al desarrollo económico, cultural, social o demográfico del medio rural asturiano, y especialmente los que permitan el aprovechamiento complementario de estas construcciones en el ámbito de la habitación y vivienda. En todo caso deberán concurrir los siguientes requisitos:

a)  Que se cumplan los requerimientos estéticos y constructivos que establece el apartado 2.
b)  Que las edificaciones sean de nueva construcción, o bien cuando ya estén construidas, no tengan un nivel de protección cultural incompatible con dicho uso.”.

Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta la importancia de hórreos y paneras muy especialmente en nuestro concejo, que incluso tiene un estilo característico e identificable dentro de Asturias, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente MOCIÓN para su aprobación:

PRIMERO. Que por el Ayuntamiento en Pleno se acuerde mostrar su apoyo a la Proposición de Ley que pretende la modificación del artículo 75, apartado 3 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, en los términos que han sido indicados con anterioridad.


SEGUNDO. Notificar esta moción al Consejero de Educación y Cultura y a los Grupos Parlamentarios de la Junta General del Principado de Asturias.

LA NOTICIA EN LA PRENSA: