viernes, 1 de abril de 2016

Pleno de marzo de 2016 del Ayuntamiento de Carreño

Pleno celebrado el 31 de marzo de 2016, a partir de las 18.30h.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.


1. Lectura y aprobación de las actas de las Sesiones Anteriores (Pleno extraordinario de 11-02-2016: Pleno Ordinario de 25-02-2016). 

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

2. Toma de posesión del concejal del Grupo Municipal Somos Carreño, Alberto Fidalgo López. 

3. Elección de Juez de Paz. Titular y suplente. 

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: ELECCIÓN UNÁNIME DE JUAN RAMÓN GARCÍA.

La elección del suplente no fue realizada porque la persona que presentó candidatura tiene incompatibilidad para el ejercicio del cargo por ostentar la condición de empleada pública.

4. Moción del PP para asegurar el cumplimiento de las autorizaciones ambientales integrales.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

Texto de la moción:

Primero. Todos los grupos políticos de este Ayuntamiento coincidimos, porque ese el sentir de la calle, que la protección del medio ambiente, en tanto que instrumento para cuidar nuestro entorno y nuestra salud, debe ser un objetivo fundamental de las diferentes Administraciones Públicas. Al mismo tiempo somos conscientes de que una entidad local como la nuestra, tiene unas competencias limitadas en esta materia, estando el grueso de las funciones relativas a la protección del medio ambiente en manos del Principado de Asturias. Sin embargo, y teniendo en cuenta los recursos municipales y la existencia en la plantilla municipal de un puesto dedicado a asuntos medioambientales, es posible llevar a cabo iniciativas para satisfacer la demanda vecinal en esta materia.

En ese contexto, durante el pasado mandato,  el PP insistió en la necesidad de verificar algo que muchos vecinos denuncian con pruebas en la mano, y que no debe ser ignorado por sus representantes municipales. Nos referimos al deficiente cumplimiento de las autorizaciones ambientales integradas, que son las autorizaciones administrativas aprobadas por la Comunidad Autónoma, por las que se establece un condicionado ambiental para la explotación de las actividades contaminantes. Esta autorización se otorga con carácter previo a cualquier otra autorización o licencia sustantiva exigible, y es de carácter vinculante para todo lo relativo al condicionado ambiental.

Segundo. En el Pleno de 25 de abril de 2013 se aprobó por unanimidad una moción presentada por el PP para que las autorizaciones ambientales integradas no sean papel mojado y se cumplan de forma efectiva. En dicha moción se hacía mención especial de la situación que se vive en el parque de carbones de Aboño. 

En el Pleno de 25 de julio de 2013, ante la inexistencia de acciones por parte del Gobierno local para aprobar la moción aprobada en el mes de abril, el Partido Popular presentó otra moción que llevaba por título: Moción para el cumplimiento de la moción para garantizar el efectivo cumplimiento de las autorizaciones ambientales integradas. 

En el Pleno de 31 de julio de 2014, se aprobó una moción para exigir al gobierno local que realice las actuaciones necesarias para que los servicios administrativos y jurídicos pongan en marcha las acciones adecuadas para llevar a efecto los términos de la moción aprobada en el pleno de abril de 2013.

Lo que se persiguió sin éxito fue instar al gobierno municipal a presentar todos los recursos administrativos y jurisdiccionales necesarios para obligar a la Administración del Principado de Asturias a ejercer sus competencias y en consecuencia, vigilar y asegurar el cumplimiento de las autorizaciones ambientales integradas en lo relativo a los parques de carbones de Aboño.  Además se instaba al gobierno local a dar cuenta a este Pleno de las acciones llevadas a cabo para dar cumplimiento a la moción.

Tercero. En este mandato nos vemos en la obligación de retomar el asunto. No queremos ser simples espectadores o quedarnos de brazos cruzados ante una preocupación real de la ciudadanía del concejo.

Afortunadamente, durante el pasado mandato el Pleno del Ayuntamiento fue capaz de aprobar una iniciativa para llevar a los tribunales a la Administración del Principado, que está haciendo dejación de sus responsabilidades, permitiendo que el carbón tiña de negro carreteras, casas y el paisaje de una parte de las parroquias de Carreño. Durante el debate se dijo que no era una iniciativa para olvidar en el cajón que se cierra y no vuelve a abrir.  Se señaló expresamente, y así lo hizo el PP, que en este caso habría actuaciones concretas e implicación institucional. Por eso precisamente lanzamos la voz de alarma, porque no queremos que el Ayuntamiento falle a tantos carreñenses deseosos de soluciones prontas y efectivas.

En este asunto de la contaminación atmosférica en Carreño, con situaciones tan enquistadas y lacerantes como la del parque de carbones, se han aprobado iniciativas de todo tipo,  se ha denunciado la situación en el ámbito político y en los medios de comunicación, se han presentado alegaciones y escritos del más diverso pelaje, y nada ha dado resultado. Por todo ello, creemos que este Ayuntamiento debería elaborar un informe en el que se verifique el cumplimiento de las autorizaciones ambientales integradas en el ámbito del concejo de Carreño, y si se constata que el Principado de Asturias está haciendo dejación de sus funciones como administración medioambiental, se lleven a cabo las acciones administrativas y judiciales que procedan para obligarle a cumplir sus obligaciones.

Por todo lo expuesto, se eleva al Pleno la siguiente moción:

Instar al gobierno local a que ordene la elaboración de un informe para verificar el cumplimiento de las autorizaciones ambientales integradas en el ámbito de Carreño, teniendo en cuenta los principales focos de contaminación, y presentar dicho informe en la comisión informativa competente en materia de Medio Ambiente antes de que finalice este año.


5. Moción del PSOE relativa al preacuerdo suscrito por las jefaturas de Estado y el Gobierno de la Unión Europea con Turquía.

A la moción se añadió una propuesta de IU consistente en retirar la bandera de la Unión Europea de la fachada del Ayuntamiento.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 13. PSOE(6), SOMOS(4), IU(3).
NO: 4.PP(4).
ABSTENCIÓN: 0.

El PP reiteró que abordar en el Pleno asuntos que escapan de la competencia del Ayuntamiento, es una pérdida de tiempo y una falta de respeto a los vecinos, y este asunto es de política internacional. Si a eso se le añade la retirada de una bandera como la de la Unión Europea, que es una institución fundamental de la que España forma parte y que ondea en todas las instituciones del país, la falta de respeto a la ciudadanía y a otras Administraciones Públicas, es aún más grave.

6. Dación de cuenta: Resoluciones de la alcaldía de febrero de 2016

7. Dación de cuenta: Resoluciones Judiciales:  Auto Juzgado Conten/Admin. nº 1 de Gijón Pieza separada medias cautelares P.O. 369/2015; Sentencia 48/2016 Juzgado Conten/Adm. nº 1 Gijón P.O. 275/2014; Sentencia 511/2016 Recurso casación 2702/2014 P.O. 285/2012.

8. Dación de cuenta del requerimiento de la Administración del Estado para que el Pleno anule el Plan de normalización lingüística aprobado el pasado 28 de enero, por contener previsiones contrarias al ordenamiento jurídico.


9. Alegaciones a los Estatutos del Consorcio asturiano de servicios tecnológicos (CAST).


RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 8. PP(4), SOMOS(4).
NO: 6. PSOE(6).
ABSTENCIÓN: 3. IU(3).

El PP presentó la siguiente alegación en relación con el artículo 15.—El/la Directora/a Gerente, que dice lo siguiente:


El Director/a Gerente del Consorcio será nombrado y separado libremente por la Junta General a propuesta del Presidente. Será considerado alto cargo de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen Jurídico de la Administración, quedando sometido a la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias.


Se propone la siguiente redacción:


El Director/a Gerente del Consorcio será nombrado por el procedimiento de libre designación con convocatoria pública entre el personal funcionario de carrera del grupo A, subgrupo A1, perteneciente a cualquiera de las administraciones consorcidadas, que cumpan el resto de requisitos que establezca la relación de puestos de trabajo o instrumento similar en el ámbito del consorcio. Podrá ser cesado discrecionalmente de acuerdo con lo previsto en la legislación de función pública de la administración de adscripción del consorcio.


Justificación de la alegación:


La propuesta del CAST considera al Director Gerente un cargo político, sometido al régimen jurídico de los altos cargos, respecto de los que cabe el nombramiento directo, sin convocatoria pública. Sin embargo con esta alegación se pretende que esté puesto esté en el ámbito del empleo público, y no en el de los cargos de designación política. Las funciones del Director Gerente son de gestión, es cierto que de gestión al máximo nivel de la organización, pero dada la existencia de un  Presidente y una Junta de Administración, corresponde a dichos órganos la dirección política del consorcio, mientras que en el Director Gerente el contenido funcional es de alta responsabilidad pero limitado al ámbito gerencial, precisamente por eso se justifica que el puesto se provea por libre designación en lugar de por concurso. Al mismo tiempo las funciones de la Dirección Gerencia pueden ser desempañadas por personal funcionario debidamente cualificado de las administraciones consorciadas. Por todo lo expuesto se alega en el sentido de profesionalizar, despolitizar y proveer la Dirección Gerencia conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad entre personal funcionario de carrera.



10. Moción del PP para racionalizar las percepciones por asistencia a reuniones de organismos y entidades externas.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZO.
SÍ: 8. PP(4), SOMOS(4).
NO: 9. PSOE(6), IU(3).
ABSTENCIÓN: 0.

Texto de la moción:

Primero. Por Resolución de la Alcaldía de 2 de julio de 2015, publicada en el BOPA de 30 de julio, se estableció la representación del Ayuntamiento de Carreño en diferentes organismos y entidades, resultando los siguientes nombramientos:

La alcaldesa se reservó la representación en:

 Puerto de Gijón.
CADASA-Consorcio para el Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el Principado de Asturias.
C@ST-Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos.
ADICAP-Asociación para el Desarrollo Integrado del Cabo Peñas.
Consejo de Salud del Área V.

En SOGEPSA-Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo de Asturias, Melania Álvarez García, que posteriormente fue sustituida por el primer teniente de alcalde, el concejal Gabriel Rodríguez Fernández.

En ADICAP, además de la alcaldesa,  Manuel María Noceda Quintana, concejal del PSOE.

En Cruz Roja Española (Asamblea Local), Melania Álvarez García, posteriormente reemplazada por otro concejal del PSOE.

En COGERSA,  Ángel Manuel García Vega, concejal y portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida y Carlos López Álvarez, concejal y portavoz del Grupo Municipal Somos Carreño.

En el Centro de Pensionistas,  Paula Cuervo Cuervo, concejal del PSOE.

En el Consejo de Salud, además de la alcaldesa,  Manuel María Noceda.

Segundo. Si atendemos a los últimos datos publicados en la página web municipal, que son los correspondientes al año 2014[1], de los organismos anteriormente señalados, se percibe retribución por asistencia a CADASA y al Puerto de Gijón. Así por ejemplo, ese año, los dos representantes en CADSA percibieron 321, 86 euros y 160,93, respectivamente, mientras que el representante en el Puerto de Gijón fue retribuido con 4.785, 20 euros.

Tercero. Partiendo de que la percepción de dichas cantidades es legal, y se trata de un derecho de quienes ostentan la representación municipal, a juicio del Grupo  Municipal Popular, es necesario que este Pleno  fije su posición en torno a este tipo de retribuciones, y lo haga de acuerdo con una forma de actuación respetuosa con las buenas prácticas.

Cuarto. Si nos atenemos a las normas aplicables a las retribuciones en el ámbito del Ayuntamiento, podemos comprobar que los concejales que tienen dedicación exclusiva, no perciben las dietas por asistencia a los órganos colegiados municipales. Pues bien, partiendo de ese principio, y teniendo en cuenta que:

-  Dichos concejales ya perciben un salario destinado a retribuir la actividad derivada del ejercicio del cargo, y
-  La representación municipal en organismos y entes es una obligación más.

Entendemos que también respecto de las dietas por asistencia a las reuniones de dichos organismos se debería aplicar  el criterio de no percepción de emolumentos por parte de las personas que ya perciben un salario por ostentar el cargo de alcalde o el cargo de concejal.

En el caso de los concejales que no tienen dedicación exclusiva, y del mismo modo que perciben las dietas por asistencia a órganos municipales como el pleno, las comisiones informativas y la junta de gobierno, consideramos razonable que se mantenga el principio de percepción de dietas por asistencias a los organismos y entidades, siempre que dichas cantidades sean razonables. En ese sentido, y de acuerdo con los acuerdos de este mismo Pleno en materia de retribuciones, estimamos que 40 euros, que es la cantidad fijada por reunión en el ámbito del Ayuntamiento de Carreño, es una cantidad que puede ser calificada como razonable.

Quinto. En el apartado anterior utilizamos el concepto de razonabilidad porque en el caso específico de Carreño existe una situación que, a nuestro modo de ver, supera los límites de lo razonable y debe ser abordada de manera específica. Nos referimos al Consejo de Administración del Puerto de Gijón [2]. Así lo recogía una información publicada en la prensa el 28 de enero de 2015:

“El consejo de administración pactó en 2001 que la asistencia al mismo daría pie una dieta de 1.171,9 euros por reunión, fijándose un máximo anual de 8.203,82 euros. Lo habitual es que haya una convocatoria al mes, con lo que la participación en siete de ellas bastaría para generar derechos como para acceder a la dieta máxima anual. La opción de delegar el voto y poder acceder así a la retribución otorga una facilidad adicional. La documentación oficial señala que 13 de los 17 consejeros llegaron así a los 8.203,79 euros de dieta máxima, generando un gasto global de 106.649,27 euros. La presidenta, el director general, el secretario y la consejera de Fomento Belén Fernández forman parte del consejo, pero no tienen derecho o han renunciado a la percepción adicional de esta dieta.”

Percibir 1.171 euros por asistir a cada reunión de un órgano, que es una cantidad que prácticamente dobla el salario mínimo interprofesional y casi triplica la cuantía del salario social básico, es un escándalo para la sociedad, una de esas cosas que hacen que la ciudadanía pierda la confianza en la Administración y en los políticos.

Se trata de corregir excesos que en casos como el descrito tienen rasgos escandalosos, estableciendo por parte de este Pleno criterios generales, los cuales podrán ser observados o no por los interesados, pero en todo caso quedará de manifiesto la opinión del órgano representativo del conjunto de los vecinos de Carreño.

Sexto. Debe señalarse que este asunto forma parte de la agenda del Gobierno del Principado en relación con sus altos cargos. No en vano, el anteproyecto de ley regional de transparencia, dice lo siguiente en su disposición adicional octava:

“Los altos cargos y asimilados a los que se refiere el título II no percibirán retribución alguna, por asistencias u otros conceptos, como consecuencia de su nombramiento o designación para cualesquiera órganos de organismos, entidades, entes o empresas del sector público autonómico, devengando únicamente las indemnizaciones por razón de servicio que correspondan, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.”

Las indemnizaciones por razón del servicio se regulan en el ámbito estatal en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y compensan los gastos derivados de acciones necesarias para el ejercicio de determinadas funciones públicas, como por ejemplo los desplazamientos.

Por todo lo expuesto, se eleva al Pleno la siguiente MOCIÓN:

Primero. El Pleno municipal solicita a los integrantes de este órgano que tienen dedicación exclusiva, que renuncien a la  retribución por asistencia a las reuniones de organismos y entidades en los ostenten la representación municipal, o bien requieran  a dichos organismos y entidades el ingreso de esas cantidades en la hacienda del Ayuntamiento de Carreño.

Segundo. El Pleno municipal solicita a los integrantes de este órgano que no tienen dedicación exclusiva y ostenten la representación municipal en organismos y entidades, a que renuncien a la retribución por encima de los 40 euros por reunión, o bien requieran al organismo o entidad correspondiente el ingreso de dichas cantidades en la hacienda del Ayuntamiento de Carreño.

Tercero. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho que ostenten a percibir las indemnizaciones por razón de servicio que correspondan, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.


[1] Enlace a los datos de 2014:  file:///D:/Mis%20documentos/Downloads/42687_92922015183015.pdf
[2] http://www.elcomercio.es/gijon/201501/28/dirigir-musel-cuesta-euros-20150128003057-v.html

Como argumento adicional es importante destacar que el Pleno de celebrado el 11 de julio de 2011, fijó un régimen de retribuciones que el anterior alcalde creemos que incumplió sistemáticamente, y que en lo relativo al Puerto de Gijón establecía textualmente:

" Sexto. Los representantes municipales en el Puerto de Gijón, así como en Cajastur, percibirán el 10% de la retribución bruta que corresponda por la asistencia a cada una de las reuniones de los órganos de los que formen parte en virtud de dicha representación. El 90% de la retribución bruta será destinada a financiar gastos relativos a las áreas de Bienestar Social y Cultura que repercutan directamente en beneficio de los ciudadanos de Carreño."

Como puede verse, se trataba de una previsión que no distinguía entre concejales con o sin dedicación exclusiva, pero que ya iba en la línea de que la inmensa mayoría de lo percibido, el 90%, revirtiese a las arcas municipales.

11. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.


1. Hemos pedido explicaciones nuevamente por el retraso en la contestación a una de las solicitudes de información realizadas por escrito el pasado 19 de noviembre. Está pendiente la que se refiere a las cantidades pagadas por la empresa aseguradora de la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Carreño.

La alcaldesa ha dicho que aún no dispone de esa información. 


¿Querrá la señora alcaldesa que el PP tenga que volver a los tribunales para defender el derecho a la información de sus concejales?. La falta de talante democrático de la señora Fernández es impresionante.

2. En el Pleno de febrero planteábamos lo siguiente: 

"Después de las últimas decisiones del TSJA, parece claro que el Principado no asumirá la estabilización de la ladera del paseo marítimo en el tramo de la casa desalojada. A esto hay que unir la sentencia del JCA de Gijón que considera que dicha responsabilidad tampoco recae en la propietaria de la casa.  Pues bien, transcurridos tres años desde el argayo que provocó el desalojo de la casa y el corte del paseo marítimo, nos encontramos con una construcción que está parcialmente sepultada por toneladas de tierra, a escasos metros de una vía pública que depende del Ayuntamiento. El peligro que la casa supone para el paseo fue la justificación tanto del cierre del vial como del desalojo de la familia, la primera practicada en marzo de 2013, y la segunda en febrero de 2014. De hecho, los informes técnicos municipales hablaban en ese momento, principios de 2014, de que la casa comprometía la seguridad de la zona. Estamos en febrero de 2016 y como representantes de los vecinos seguimos defendiendo un paseo marítimo seguro para conductores y viandantes, y tener una casa medio sepultada con tierra,  a la vera del paseo marítimo, y con una ladera sin arreglar, a nuestro modo de ver es un peligro público. Es por ello que queremos formular al Gobierno una pregunta y un ruego:

a) ¿Qué tiene pensado hacer el Gobierno para garantizar la seguridad del paseo marítimo?. ¿ Tiene pensado el Gobierno requerir a la propiedad de la ladera su reparación?.

b) Planteamos como ruego que la señora alcaldesa solicite al arquitecto municipal un informe relativo a si la situación de la casa desalojada compromete la seguridad del paseo marítimo, y a que de cuenta del mismo a este Pleno."

La alcaldesa respondió que pediría los informes técnicos y que dará cuenta de ellos en la comisión de Urbanismo, pero seguimos esperando.

Ayer preguntamos cómo está este asunto. ¿ Qué hay del informe?.

La alcaldesa ha respondido que aún no dispone del informe.


Por otro lado seguimos sin saber nada de lo que piensa hacer el Gobierno local, si es que piensa hacer algo, para proteger la seguridad del paso marítimo.

3. Hasta el momento el Ayuntamiento de Carreño ha sido condenados en dos sentencias de Juzgados de lo Social frente a demandas presentadas por dos trabajadoras de la escuela infantil. El próximo 14 de abril se celebrará otro juicio. Toda esta información no la sabemos por información del Gobierno, sino por informaciones de terceros. El Gobierno local  no ha incluido este asunto en el orden del día de las comisiones informativas, y sólo responde si expresamente se le contesta. A estas alturas podemos decir que hay un grave conflicto laboral en la esuela infantil, con demandas en los tribunales y un Gobierno que no informa a la oposición motu propio, y a estas altura del curso sigue sin confeccionar una lista que permita saber a ciencia cierta el orden de las trabajadoras de la escuela a efectos de llamamientos para la cobertura de las vacantes. Queremos que la alcaldesa explique qué pasa en la escuela infantil. Queremos que nos diga por qué no se ejecuta la segunda de las sentencias sobre este asunto. También queremos que el Gobierno nos informe del dinero pagado al abogado contratado para los juicios que ha habido hasta ahora, así como por el informe que se hizo sobre este asunto. Además queremos plantear como ruego que en tanto que representantes de los vecinos, tan representantes como los concejales del PSOE, seamos informados por el Gobierno de lo concerniente con ese tema según se van produciendo los hechos, y no como hasta ahora, que sabemos lo que sabemos por la prensa, o por las informaciones de terceras personas.

La alcaldesa ha señalado que está pendiente de un informe jurídico sobre este asunto, y que ofrecerá la información sobre el coste de estos procesos judiciales, dado que en el momento del Pleno desconocía el dato.


Como puede verse, el Gobierno se esconde y oculta información ante un conflicto laboral que existe en el Ayuntamiento, el cual ha sido originado por la incompetencia del anterior y al actual equipo de gobierno socialista.

4. ¿ Cuándo van a finalizar las obras de la carretera entre Candás y Tabaza?.

La alcaldesa ha dicho que trasladó al Principado las quejas de los usuarios y los fallos en la obra detectados, y que espera que se realicen las actuaciones pertinentes para que la carretera esté perfecto estado.


5. ¿Cuándo va a salir contrato para el servicio de salvamento y socorrismo en las playas durante el verano?.


La alcaldesa señaló que se ha iniciado la licitación correspondiente.


En relación con este último asunto desde el PP queremos recordar que en un informe emitido por una funcionaria municipal se señala que de acuerdo con la legislación de contratos del sector público, este servicio debe ser licitado, salvo que se preste directamente por el Ayuntamiento a través de empleados públicos. 


LA NOTICIA EN LA PRENSA:

El PP pide que los liberados renuncien a dietas de otros organismos