En el
Partido Popular de Carreño no salimos de nuestro asombro ante el recurso
presentado por el PSOE contra la moción aprobada en el pleno ordinario de
septiembre, al objeto de estudiar la aplicación en nuestro concejo de la
reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el IBI aplicable en el suelo
urbanizable que requiere desarrollo de un plan parcial.
El
sentido de la moción que el PP apoyó con sus votos es que el Ayuntamiento
estudie en profundidad de qué modo se puede aplicar lo que establece el
Tribunal Supremo en una sentencia que en nuestro ámbito sería aplicable a los
vecinos que tienen parcelas urbanizables que pagaban IBI urbano hasta la
entrada en vigor del nuevo Plan General de Ordenación (PGO), así como a aquellos que tienen parcelas
urbanizables sectorizadas y lo siguen pagando después de la entrada en vigor
del referido PGO. Aplicando el criterio del Tribunal Supremo, esos vecinos deberían
pagar el tipo de gravamen del IBI rústico, y debe recordarse que desde 2014 ese
tipo es un 50% inferior al urbano. Por lo tanto, lo que pretende el PP con el
apoyo a esa moción, y entendemos que en la misma línea van el resto de partidos
que votaron afirmativamente, es algo tan sencillo como corregir una situación
injusta que viven determinados vecinos de Carreño, aplicando para ello una
interpretación de la ley que establece el Tribunal Supremo. Es algo de sentido
común, razonable y lógico.
Pues
bien, lo que como se acaba de señalar es lógico y razonable para cualquiera,
esto es, facilitar las cosas a los vecinos dentro del margen de la ley, el PSOE
de Carreño lo quiere convertir en una nueva batalla campal, presentado un
recurso contra una declaración política, que eso es precisamente la moción
aprobada. En este punto debe recordarse que el Pleno aprueba muchas mociones
que el PSOE no comparte y que el Gobierno mete directamente en el cajón, como
alguna vez ha dicho textualmente la primera teniente de alcalde, Amelia
Fernández. Sin embargo, en un asunto que puede beneficiar a numerosos vecinos
de Carreño, que pagan por encima de lo que deberían pagar, van los socialistas y lo recurren. Para el
PSOE, tumbar cualquier iniciativa de la oposición prima por encima de la
defensa del interés general. A eso desde el PP no podemos calificarlo más que
como una muestra de sectarismo y una
actitud miserable.
El PP
considera que hay motivos más que suficientes para defender la legalidad de la
moción. No es una moción presentada por el PP pero defendemos su contenido. El
Ayuntamiento puede, y debe, y el PP planteará iniciativas porque esta situación
de los vecinos que pagan IBI urbano cuando deberían pagar IBI rústico, debe
corregirse:
- En
este momento estamos en período de liquidación y pago del IBI. Pues bien, el Ayuntamiento debería recordar a
todos los vecinos que tributan por parcelas de suelo urbanizable sectorizado
que, de acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Supremo, el tipo del IBI
que tiene que pagar es el rústico, y no el urbano. De este modo, cabe la
posibilidad de que los vecinos recurran estas liquidaciones que son practicadas
por el Ente Público de Servicios Tributarios.
- El
Ayuntamiento debe dirigirse al catastro para que se hagan las modificaciones
necesarias para que los suelos que están en la situación que reconoce la
sentencia del Tribunal Supremo, pasen a ser calificados como rústicos.
Como
puede verse, hay iniciativas de diverso tipo para corregir esta situación
ilegal e injusta. Es falso que no pueda hacerse nada. En otros concejos la
actitud de los gobiernos es de colaboración con los vecinos. Aquí, el lema del
PSOE es “todo por la pasta”, aunque sea cobrando un IBI que no corresponde.
Desde el PP pedimos al Gobierno que reflexione y se una a la oposición en esta
iniciativa legítima para aplicar una sentencia del máximo órgano judicial de
España, la cual puede beneficiar a muchos contribuyentes de Carreño. Repetimos
que es el momento de que el Ayuntamiento afloje la insoportable presión fiscal,
y este es un medio más a nuestro alcance para conseguirlo, además del ordinario
que consiste en bajar impuestos y tasas por la vía de la modificación de las
ordenanzas fiscales.
LA NOTICIA EN LA PRENSA: