sábado, 16 de noviembre de 2013

El PSOE utiliza el IBI de la Iglesia para intentar distraer a los vecinos del hachazo fiscal que pretenden asestar en 2014


Lo que tienen que explicar los socialistas es por qué hasta ahora no han cumplido la ley en este ámbito. Con su anuncio en relación con el IBI de los bienes eclesiales, no cambia nada, únicamente dicen que van a hacer algo que hasta ahora no han hecho por dejadez e incompetencia.
Estos días andan socialistas y comunistas de los pueblos de España entretenidos a cuenta del IBI y la Iglesia. Dicen que van a cobrar el IBI a la Iglesia por determinados bienes, y lo venden como una gran novedad. Pues bien, los vecinos deben saber que todo este asunto es un gran cuento, una formidable cortina de humo para enmascarar el hachazo fiscal del PSOE para 2014. Por la negativa del PSOE y sus adláteres a bajar el tipo de gravamen urbano,   muchos vecinos, especialmente en la zona rural, se verán seriamente afectados por el encarecimiento de la cuota tributaria a la que tienen que hacer frente. Lo mismo pasa con las subidas de tasas y precios públicos.
Centrándonos en el asunto del IBI y la Iglesia, lo único nuevo que hemos sabido es que el PSOE, según parece,  ha estado incumpliendo la ley hasta ahora.  La exención del IBI para los bienes eclesiales la fija la Ley de Haciendas Locales en su artículo 62.1.c) al señalar entre los bienes exentos:
c) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución.
A su vez, el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre asuntos económicos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979, en su artículo 1 establece en relación con el IBI qué bienes están exentos:
Artículo I
1. La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las parroquias y otras circunscripciones territoriales, las órdenes y congregaciones religiosas y los institutos de vida consagrada y sus provincias y sus casas tendrán derecho a las siguientes exenciones:
a) Exención total y permanente de la contribución territorial urbana de los siguientes inmuebles:
1) Los templos y capillas destinados al culto, y asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral.
2) La residencia de los Obispos, de los canónigos y de los sacerdotes con cura de almas.
3) Los locales destinados a oficinas, la curia diocesana y a oficinas parroquiales.
4) Los seminarios destinados a la formación del Clero diocesano y religioso y las universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas.
5) Los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las órdenes, congregaciones religiosas e institutos de vida consagrada.
Por lo tanto, con la ley en la mano, y nada ha cambiado al respecto, los bienes de la Iglesia destinados a fines espirituales y sociales, dado que estos últimos forman parte de la actividad pastoral, han estado y siguen exentos. Ni la Ley de Haciendas Locales ni el Acuerdo con la Santa Sede eximen otro tipo de bienes, y no consta que la Iglesia, al menos en Carreño haya pedido ningún tipo de exención fuera de la ley.
Conclusión: si hasta ahora ha habido bienes por los que no se ha pagado el IBI y no están exentos por ley, se debe exclusivamente a la dejadez e incompetencia del PSOE.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

EL PP DE CARREÑO DICE QUE EL IBI DE LA IGLESIA OCULTA EL HACHAZO FISCAL DEL PSOE EN 2014

LOS  NUEVOS IMPUESTOS, DE TAPADILLO