jueves, 13 de marzo de 2014

El Gobierno local presenta el borrador de plan estratégico de subvenciones, once años después de la aprobación de la ley que le obliga a hacerlo

Esperamos que las enmiendas del PP sean aceptadas al objeto de que la actividad subvencional de nuestro Ayuntamiento sea más transparente, menos clientelista y más eficiente.

El pleno del pasado mes de julio, aprobó una moción presentada por el PP en la que se instaba al Gobierno a la elaboración del plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Carreño. La justificación de dicho plan es la siguiente:

El Ayuntamiento de Carreño destina una parte significativa de su presupuesto a la subvención de actividades de diverso tipo, con una cantidad cuya cuantía global en 2013 asciende a cerca de 300.000 euros. Las subvenciones son una manifestación de lo que se denomina actividad de fomento de las Administraciones Públicas. En ese sentido, que desde el ámbito público se ayude a determinadas personas y grupos por razón del interés general que revisten las actividades que desarrollan, es algo positivo para el conjunto de la sociedad.

Por la importancia de la cantidad de dinero público destinado a subvenciones, hay normas estatales que revisten carácter básico y que son por tanto de obligado cumplimiento. En el ámbito que nos ocupa dicha norma es la Ley General de Subvenciones. Pues bien, esa ley establece en su artículo 8 la obligación de que el conjunto de los objetivos y efectos que se persiguen con la política de subvenciones, se plasme en un instrumento público que se conoce con el nombre de Plan Estratégico de Subvenciones.

¿ Qué se pretende con el Plan Estratégico?. Pues fundamentalmente, que el conjunto de subvenciones pueda encajarse en una serie de  principios, objetivos y efectos predeterminados, de tal manera que se eviten las ayudas basadas en el oportunismo, el clientelismo y el amiguismo.

Pues bien, como el PP señaló en el debate de presupuestos de 2013, en nuestro Ayuntamiento existe una clara irregularidad en la política de subvenciones: la ausencia de un Plan Estratégico de Subvenciones en el Ayuntamiento de Carreño, hecho confirmado por el gobierno municipal en la comisión informativa de Hacienda celebrada el pasado 21 de junio.

Varios meses después de la aprobación de la moción y con once años de retraso respecto de la aprobación de la ley que establece la obligación, el Gobierno ha presentado un borrador de plan estratégico de subvenciones al que el PP ha formulado dos enmiendas de modificación:

> Promover que todas las subvenciones se otorguen mediante convocatoria pública y en régimen de concurrencia competitiva, fomentando así la participación y el otorgamiento de acuerdo con criterios objetivos y premiando la excelencia. Desde el PP creemos que todas las subvenciones nominativas podrían canalizarse a través de convocatorias agrupadas por materias, por ejemplo, subvenciones para entidades musicales, subvenciones para entidades deportivas, subvenciones para entidades de apoyo personas en situaciones de necesidad, por citar sólo algunos supuestos.

> Que todas las subvenciones y ayudas públicas concedidas por el Ayuntamiento de Carreño sean publicadas en la página web municipal con indicación de su importe, objeto o finalidad y beneficiarios, en los términos previstos en la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Entendemos que la publicidad no puede depender de lo que el alcalde decida publicar en su blog particular, como suele hacer con las subvenciones extraordinarias, que son su cajón de sastre junto a los gastos de protocolo.

Esperamos que las enmiendas del PP sean aceptadas al objeto de que la actividad subvencional de nuestro Ayuntamiento sea más transparente, menos clientelista y más eficiente.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

martes, 11 de marzo de 2014

Moción para la implantación en Carreño de zonas libres wifi

En el día de hoy, el Partido Popular ha presentado en el registro municipal la siguiente moción, para su debate y votación en el pleno ordinario de marzo:

I

El acceso a internet es uno de los cambios más importantes que hemos vivido en los últimos años. Sin duda alguna, se trata de una innovación revolucionaria en el campo de la informática y las comunicaciones, con grandes implicaciones en la ciudadanía. No en vano, internet ha ensanchado notablemente las posibilidades de acceso a la información, al conocimiento, y a diversas formas de ocio, entre otras novedades.
 II

En el ámbito de las administraciones públicas, han sido muchas las políticas puestas en marcha tendentes a facilitar el acceso de las personas a las herramientas informáticas en general y a internet en particular. En el caso concreto de Carreño, es de destacar la iniciativa de las aldeas digitales, como espacios públicos destinados  a facilitar el acceso de los vecinos a la sociedad de la información. Asimismo debe ponerse en valor la función desarrollada con el mismo objetivo por parte del telecentro de Candás.

III

Iniciativas como las detalladas alcanzan un alto grado de consenso, y en ese sentido, con esta moción queremos poner sobre la mesa el debate en torno a una medida que profundiza en la facilitación del acceso a internet, con un trasfondo de promoción económica y fomento del turismo. Nos referimos al establecimiento de zonas libres wifi.
IV

La tecnología WIFI es una tecnología sin cables, cuya señal se emite mediante frecuencias de radio y es uno de los medios más empleados para el acceso a internet. Son muchas las administraciones que en los edificios públicos y en espacios abiertos con significación por razones culturales, económicas o turísticas, son zona libre wifi, es decir, permiten el acceso libre y gratuito a internet dentro del radio de acción de la señal wifi. Madrid, Barcelona, Sevilla, Málaga, Gijón, Orense, Granada, Avilés, Burgos, Calviá, entre otros muchos,  disponen de zonas libre wifi, que son un beneficio social, pero además, tienen el valor añadido de constituir un reclamo económico y turístico de importancia.

 V

En el ámbito de Carreño, creemos que es importante la implantación de esta medida, esto es, el establecimiento de zonas libres wifi en espacios señeros del concejo. Los edificios públicos ligados del Ayuntamiento, el puerto de Candás, las playas, las plazas más importantes de Candás y los centros de iniciativa rural, entre otros y a modo de ejemplo,  podrían ser nuevos referentes en el establecimiento de puntos de acceso libre a la tecnología wifi.

Por todo ello, se eleva al pleno la siguiente MOCIÓN:

Primero. Instar al gobierno a la elaboración de un estudio para el establecimiento de zonas libres wifi en nuestro concejo, en el que se analice los aspectos técnicos, económicos y presupuestarios que  implican su puesta en funcionamiento.

Segundo. Dar cuenta de dicho estudio en la comisión informativa correspondiente por razón de la materia, en el plazo de dos meses desde la aprobación de esta moción.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

miércoles, 5 de marzo de 2014

Informe sobre la ciudad residencial de Perlora: los socialistas vuelven a tomar el pelo a los vecinos de Carreño

El Partido Popular de Carreño da cuenta del informe que el Gobierno del Principado ha presentado acerca de la ciudad residencial de Perlora. Como aspectos más destacados, señalar las siguientes:

- De las 149 viviendas, el Principado dice que hay 79 que están en buenas condiciones, 90 que requieren restauración y 55 que presentan un "mal estado general con grandes problemas de humedades o estructurales". De esos 90, el Principado dice que 7 "se encuentran en un estado que aconsejaría el derribo inminente".

- De los 18 edificios de uso público y de servicios, hay cinco que requieren actuaciones de cierto calado por encontrarse en peor estado. Son la caseta de control de acceso, el antiguo comedor y el edificio de oficinas de la plaza Asturias, la escuela taller de la plaza Pelayo y el restaurante- bar La Cabaña en la playa de Huelgues. Los 13 edificios restantes no requieren intervenciones importantes.

- Para 2014 el Principado dice que realizará labores de conservación y mantenimiento, pero sin grandes aspiraciones. No en vano esto es lo que dicen en relación con las edificaciones: "obras de mantenimiento y conservación de las edificaciones que frene su deterioro y garanticen la seguridad".

- En relación con el futuro turístico de Perlora, el Principado dice: "se contratará una consultora capaz de trabajar con potenciales inversores nacionales e internacionales de cara a conseguir dar viabilidad a la utilización de Perlora como infraestructura turística."

En definitiva, el Principado dice que hará las obras de conservación mínimas que todo propietario está obligado a hacer y que hasta ahora ha venido omitiendo por negligencia grave,  y en relación con el "futuro turístico" de la ciudad residencial afirma que contratará una consultora "capaz de trabajar con potenciales inversores."

Nuevamente los socialistas se ríen de los vecinos de Carreño con este pobre y triste informe que ni siquiera cubre el expediente de lo que podemos esperar después de tantos años de ineficacia y mentiras.

lunes, 3 de marzo de 2014

Y luego dicen que no se pueden reducir los tributos locales...

La cantidad inicialmente presupuestada en 2013 para atender los gastos de representación y atención protocolaria era de 16.000 euros, como puede comprobarse en la página 36 del presupuesto colgado en la página web municipal. El alcalde, del mismo modo que hizo el concejal José Manuel Muñiz con las partidas de festejos y turismo, gastó por encima de lo presupuestado, y el pasado mes de noviembre se sometió a la aprobación del pleno una modificación presupuestaria para hacer frente a gastos realizados sin consignación presupuestaria. En el caso de los gastos de representación y atención protocolaria, la modificación fue de 1.500 euros  pasando la cantidad global de 2013 de los 16.000 euros iniciales a los 17.500 finales. 

Es realmente significativo que en tiempos de crisis, en un municipio con una de las presiones fiscales más altas de Asturias, se gaste en atención protocolaria por encima de lo inicialmente previsto, más que en años precedentes, y todo ello al mismo tiempo que se dice que no se puede ni reducir gasto corriente ni bajar impuestos. ¿Las atenciones protocolarias del alcalde son esos servicios públicos fundamentales que el PSOE utiliza  en vano para seguir sangrando el bolsillo de los vecinos de Carreño?. 

Hay otras opciones, y las propuestas del Partido Popular de Carreño demuestran que hay alternativas al festival del derroche socialista. En las enmiendas que presentamos al presupuesto municipal para 2013, que el alcalde impidió someter a votación, planteábamos, por ejemplo, reducir en 3000 euros los gastos de atención protocolaria. Defendíamos y defendemos que estamos ante un gasto corriente que es posible rebajar. Sólo hace falta voluntad de hacerlo y ganas de apretarse el cinturón para concentrar el dinero público en fines más relevantes y permitir una merecida rebaja de los tributos locales. Pinchando AQUÍ pueden consultarse las propuestas formuladas por el PP frente al despilfarro socialista.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

sábado, 1 de marzo de 2014

El PSOE de Carreño, argayando como el paseo marítimo

Si las decisiones del alcalde en relación con la apertura del paseo marítimo son tan legales, tan correctas, tan beneficiosas para el interés general, tan magníficas en todos los sentidos como suele defender el PSOE, ¿por qué los concejales del grupo municipal socialista no votan lo mismo que el alcalde frente a la moción presentada por FORO, UICA,  CAUN y PP?. ¿Cómo es posible que no haya unidad de criterio del partido que gobierna Carreño en un asunto de esta trascendencia?. Con esta actuación el PSOE vuelve a manifestar lo  extravagante, incomprensible e incoherente de su proceder en torno a este asunto que nos afecta desde hace casi un año.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:


viernes, 28 de febrero de 2014

Pleno de febrero de 2014 del Ayuntamiento de Carreño

Pleno celebrado el 27 de febrero de 2014.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.

1. Aprobación del acta de la sesión anterior (30-01-2014).

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

2. Calendario de Fiestas Locales para el año 2015.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

Serán el 1 de agosto, San Félix y el 14 de septiembre, festividad del Santísimo Cristo de Candás. Se rechazó la enmienda de FORO para sustituir San Félix, que el próximo año cae en sábado, por el lunes siguiente a la festividad de la Virgen de los Remedios.

3. Modificación Presupuestaria de crédito nº 4/2014.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:16.PSOE(6),PP(4),FORO(2),IU(1),CAUN(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:0.
ABSTENCIÓN:1.UICA(1).

4. Propuesta del Partido Popular de modificación Ordenanza Fiscal nº 303 del Impuesto sobre el incremento de terrenos de naturaleza urbana.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZO.
SÍ:7.PP(4),FORO(2),CAUN(1).
NO:9.PSOE(6),IU(1),COCA(1),PCPE(1).
ABSTENCIÓN:1.UICA(1).


Este impuesto sujeta a gravamen el incremento de valor experimentado – a lo largo de un período máximo de 20 años – por los terrenos de naturaleza urbana o por los terrenos integrados en los bienes inmuebles de características especiales (como son los aeropuertos, embalses, centrales eléctricas, etc.) a efectos, en ambos casos, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (independientemente de que estén o no contemplados como urbanos en el Catastro y en el Padrón del IBI), que se ponga de manifiesto como consecuencia de:
  1. La transmisión de su propiedad por cualquier título.
  2. La constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre dichos terrenos.
Por “cualquier título” se entiende:

  • La transmisión por herencia o legado.
  • La declaración de herederos “ab intestato” (es decir, sin testamento).
  • La transmisión por donación, compraventa o permuta.
  • La enajenación en subasta pública judicial, notarial o administrativa.
  • La expropiación forzosa.
Y, por derechos reales de goce limitativos del dominio, cualquiera que permita un disfrute sobre terreno urbano ajeno limitando las facultades dominicales de su propietario. Por ejemplo, entre otros:




  • El usufructo (incluso el usufructo del viudo que constituye su legítima) ya sea temporal o vitalicio e independientemente de que se constituya a favor de personas físicas o jurídicas.
  • El derecho de uso y habitación.
Texto de la propuesta sometida a votación:


Tras la modificación de los valores catastrales que ha dado lugar a un incremento vertiginoso de los mismos, con el resultado de que muchos de ellos no reflejan la realidad actual de los precios de mercado, se hace necesaria la adaptación de las ordenanzas fiscales a la situación vigente, al objeto de mitigar los efectos del “catastrazo” y como forma de moderar la presión fiscal de los vecinos de Carreño En esa línea, uno de los impuestos sobre los que es necesario actuar en ese objetivo es el impuesto sobre incremento de terrenos de naturaleza urbana, conocido popularmente como plusvalía. Por todo ello, planteamos esta propuesta de modificación de la ordenanza fiscal Nº 303, de acuerdo con lo que a continuación se expone:
1.Modificación del artículo 7, incorporando un nuevo apartado 3,  al objeto de adaptar la ordenanza a la modificación de la ley operada por el artículo 9 del R.D.-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, cuya redacción es la siguiente:
En las transmisiones realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, con ocasión de la dación en pago de su vivienda prevista en el apartado 3 del Anexo de dicha norma, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad que adquiera el inmueble, sin que el sustituto pueda exigir del contribuyente el importe de las obligaciones tributarias satisfechas.
 2.Modificación del artículo 8 en el sentido de incorporar un nuevo apartado 4 que contemple la reducción de la base imponible que prevé el artículo 107.3 de la Ley de Haciendas Locales para aquellos municipios que tengan nuevos valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general. Dicho precepto señala textualmente:
Los ayuntamientos podrán establecer una reducción cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general. En ese caso, se tomará como valor del terreno, o de la parte de éste que corresponda según las reglas contenidas en el apartado anterior, el importe que resulte de aplicar a los nuevos valores catastrales dicha reducción durante el período de tiempo y porcentajes máximos siguientes:
a) La reducción, en su caso, se aplicará, como máximo, respecto de cada uno de los cinco primeros años de efectividad de los nuevos valores catastrales.
b) La reducción tendrá como porcentaje máximo el 60 por ciento. Los ayuntamientos podrán fijar un tipo de reducción distinto para cada año de aplicación de la reducción.

La reducción prevista en este apartado no será de aplicación a los supuestos en los que los valores catastrales resultantes del procedimiento de valoración colectiva a que aquél se refiere sean inferiores a los hasta entonces vigentes.

El valor catastral reducido en ningún caso podrá ser inferior al valor catastral del terreno antes del procedimiento de valoración colectiva.
La regulación de los restantes aspectos sustantivos y formales de la reducción se establecerá en la ordenanza fiscal.”

A la vista de lo anterior, la redacción del nuevo apartado 4 del artículo 8 sería la siguiente:

4. Al estar en el supuesto previsto en el apartado 3 del artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una reducción de la base imponible durante los cinco primeros años de efectividad de los nuevos valores catastrales que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014, de acuerdo con un porcentaje de reducción del 60%.

La reducción prevista en este apartado no será de aplicación a los supuestos en los que los valores catastrales resultantes del procedimiento de valoración colectiva a que aquél se refiere sean inferiores a los hasta entonces vigentes.

El valor catastral reducido en ningún caso podrá ser inferior al valor catastral del terreno antes del procedimiento de valoración colectiva.

3.Modificación del artículo 9.1 de manera que los porcentajes pasen a tener la siguiente regulación, como forma de combatir  el incremento artificial de los valores catastrales:

Sobre el valor del terreno en el momento del devengo, derivado de lo dispuesto en el artículo anterior se aplicará el siguiente porcentaje anual:
a)   Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo comprendido entre uno y cinco años: 2,90%.
b)  Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo hasta diez años: 2,90%.
c)  Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo hasta quince años: 2,78%
d)  Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo hasta veinte años: 2,75%
4.Modificación del artículo 10.1 de manera que pasen a tener los siguientes tipos:
La cuota íntegra de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible, calculada según las reglas establecidas en el artículo anterior, el tipo que corresponda según esta escala:
a) Si el período de generación del incremento del valor es de uno a cinco años: 15%.
b) Si el período de generación del incremento del valor es de hasta diez años: 15%.
c) Si el período de generación del incremento del valor es de hasta quince años: 15%.
d) Si el período de generación del incremento del valor es de hasta diez años: 15%.

5.Modificación del artículo 12.3 de manera que la bonificación de la cuota del impuesto pase del 75% al 85%.
5. Propuesta para adopción acuerdo plenario para interponer junto con otros Ayuntamientos recurso, ante el Tribunal Constitucional en defensa de la autonomía local contra la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:11.PSOE(6),IU(1),UICA(1),CAUN(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:6.PP(4),FORO(2).
ABSTENCIÓN:0.

6. Moción presentada por FORO para la elaboración de un reglamento a seguir para la elección o concesión del nombre de una calle o edificio público.
La moción fue retirada por el grupo proponente para debatir el asunto en la comisión informativa correspondiente.

7. Moción presentada por FORO relativa a rechazo del incremento de las tarifas de COGERSA.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:11.PP(4),FORO(2),IU(1),UICA(1),CAUN(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:6.PSOE(6).
ABSTENCIÓN:0.

8. Moción presentada por FORO reivindicando la puesta en marcha de una política de estado sobre el Alzheimer.

La moción fue retirada por no haber sido dictaminada en la comisión informativa correspondiente.

9. Moción de UICA sobre el cierre del túnel de Aboño.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:11.PP(4),FORO(2),IU(1),UICA(1),CAUN(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:0.
ABSTENCIÓN:6.PSOE(6).

10. Moción de FORO relativa a medidas a adoptar por daños a embarcaciones durante el temporal.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

11. Moción del PCPE de condena de la actuación de la Guardia Civil en Ceuta y de petición de destituciones de diversos cargos del Gobierno de la Nación.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:10.PSOE(6),IU(1),UICA(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:6.PP(4),FORO(2).
ABSTENCIÓN:1.CAUN(1).

12. Dación de cuenta de sentencias: Procedimiento Ordinario nº 389/2012; Procedimiento Ordinario nº 400/2012.

13. Dación de cuenta de resoluciones de la alcaldía correspondientes a los meses de diciembre 2013 y enero 2014.

14. Moción del PSOE y COCA de apoyo a diversas manifestaciones contra el Gobierno de la Nación.



RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:11.PSOE(6),IU(1),UICA(1),CAUN(1),COCA(1),PCPE(1).
NO:6.PP(4),FORO(2).
ABSTENCIÓN:0.

15. Moción en defensa de la familia desalojada y por la apertura del paseo marítimo.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:APROBACIÓN.
SÍ:10.PP(4),FORO(2),IU(1),UICA(1),CAUN(1),PCPE(1).
NO:El alcalde votó en contra a diferencia del resto de concejales socialistas que se abstuvieron.
ABSTENCIÓN:6.PSOE(5),COCA(1).

Texto de la moción:

Los portavoces de los grupos municipales abajo firmantes, en el Ayuntamiento de Carreño, actuando en nombre y representación de los mismos y de los ediles que los conforman, al amparo de lo establecido en los artículos 91.4 y 97.3 del R.D. 2568/1986 de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formulan la siguiente MOCIÓN para su discusión, debate, y en su caso, aprobación en el próximo Pleno, con fundamento en la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El gobierno municipal de Carreño y la alcaldía, tras 344 días de pasividad e inacción, engaños, presiones a la familia Vázquez-Prendes mantiene el paseo marítimo cerrado y a una familia desalojada buscando responsabilidades ajenas, eludiendo las propias, y señalando a esta familia víctima del argayo como responsable del mismo y de que el paseo esté cerrado al tráfico rodado.

Una vez más se ponen en evidencia las malas prácticas, el acoso y el silencio del gobierno municipal de Carreño hacia esta familia, como ya hizo en el año 2000 con el primer argayo. La falta de información, de una adecuada tramitación y contestación a sus peticiones, para resolver el problema de su vivienda y la apertura del Paseo Marítimo cuyo cierre cumplirá un año el próximo 17 de marzo.

Ante este incumplimiento municipal la familia, en defensa de sus legítimos derechos ha tenido que tomar la decisión de retornar a su casa poniendo en riesgo su seguridad, contando con el apoyo de la A.A.V.V. de Candás y de numerosos vecinos.

Ante esta grave situación y la ausencia total de respuesta del Gobierno de Carreño los grupos de la oposición abajo firmantes, exigimos al gobierno de Carreño y como máximo responsable al Alcalde de Carreño, se de cumplimiento a los siguientes

ACUERDOS:

Primero.- Contestación al recurso de reposición de la familia del 14 de diciembre de 2013 contra el requerimiento municipal de 13 de noviembre de 2013. Dejando sin efecto la citada resolución y que no se obligue a la familia a realizar obra alguna y se imputen responsabilidades en la zona objeto de la caída de tierras a las empresas que realizaron la obra mencionada y al propio ayuntamiento de Carreño.

Segundo.- Comunicación e información del proyecto técnico, para la limpieza del argayo estabilización de la ladera y apertura del Paseo Marítimo y plazos de ejecución.

Tercero.- Exigimos al Ayuntamiento de Carreño, que no se alargue por más tiempo la paralización en el proceso y como responsable de la no apertura del paseo marítimo, inicie los pasos pertinentes para la reapertura del mismo de manera inmediata.

16. Moción del PCPE contra el cierre de la planta de Coca-Cola en Colloto.


RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

17. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.

1. ¿Qué compromisos adquirió la Consejera de Fomento en su visita a Carreño con motivo del temporal de inicios del mes de febrero?.

Al marcar el reloj las 00.00h, el alcalde levantó la sesión y la pregunta formulada por el PP quedó sin respuesta.


LA NOTICIA EN LA PRENSA:

CARREÑO EXIGIRÁ A LA AUTORIDAD PORTUARIA DE GIJÓN LA APERTURA DEL TÚNEL DE ABOÑO

EL PLENO APRUEBA EXIGIR AL PUERTO DE GIJÓN LA REAPERTURA DEL TÚNEL DE ABOÑO