Pleno celebrado el 28 de junio de 2012.
Asistentes: todos los concejales de la Corporación.
ORDEN DEL DÍA
1. LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LA SESIÓN DE 31-5-2012.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA POR UNANIMIDAD.
2- TOMA DE POSESIÓN DE LA CONCEJALA Dª MARÍA TERESA ÁLVAREZ GARCÍA
Tras la toma de posesión de Teresa como concejala del Ayuntamiento, integrante del Grupo Municipal Socialista, desde el PP, en concordancia con el resto de grupos, hemos felicitado a la nueva concejala, le hemos dado la bienvenida al Ayuntamiento, y le hemos deseado suerte y ofrecido una leal colaboracion.
3- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 4/2012 POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA
Votos a favor: 12. PSOE(6), PP(4), FORO(2).
Votos en contra: 2. IU(1), PCPE(1).
Abstenciones:3. UICA(1), CAUN(1), UNA(1).
En virtud de este expediente, se ha ampliado la partida prevista en el Presupuesto municipal para el pago de la electricidad, con los 434.133,15 euros concedidos al Ayuntamiento en concepto de préstamo en el marco del plan nacional de pago a proveedores, puesto en marcha por el Gobierno de la Nación para saldar las dedudas de las entidades locales pendientes de pago a 1 de enero de 2012.
4- MODIFICACIÓN DE ORDENANZA FISCAL Nº 206, ESCUELA INFANTIL 0 a 3
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA POR UNANIMIDAD.
5- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA APLICACIÓN DE HORARIOS A ESTABLECIMIENTOS, LOCALES E INSTALACIONES PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARREÑO.
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA
Votos a favor: 16. PSOE(6), PP(4), FORO(2), UICA(1), CAUN(1), UNA(1), PCPE(1).
Abstenciones:1. IU.
De acuerdo con el informe técnico emtido, el Pleno ha aprobado la ordenanza rechazando las alegaciones formuladas. En dicho informe se aclara que el horario general de apertura y cierre es el establecido en la normativa autonómica de aplicación, de conformidad con la licencia de cada establecimiento. La flexibilización del horario se circunscribe a fechas concretas que se fijan en la ordenanza, y se subordinan, en todo caso, a la celebración de actos públicos de carácter festivo, cultural y gastronómico, dentro de los días señalados expresamente en la ordenanza.
6- MOCIÓN DEL PSOE SOBRE EL IBI Y LA IGLESIA
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA
Votos a favor: 10. PSOE(6), IU(1), UICA(1), UNA(1), PCPE(1).
Votos en contra: 6. PP(4), FORO(2).
Abstenciones: 1. CAUN(1).
El Partido Popular ha rechazado esta oportunista y sectaria moción, por las siguientes razones:
De acuerdo con el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (de 5 de marzo de 2004) están exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) los inmuebles de la Iglesia Católica (en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede de 1979) y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas (en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación de 1992).
- El Estado español tiene en la actualidad, además del acuerdo con la Santa Sede, tres acuerdos de colaboración similares: con la religión evangélica, con la comunidad israelita y con la religión islámica.
- La exención del IBI no se extiende a todos los inmuebles de titularidad de las mencionadas iglesias. Sólo a los que se hallan afectos al culto y a los fines propios de dichas entidades.
- No obstante, aunque los inmuebles no se hallen afectos al culto y fines propios de dichas entidades religiosas, pueden estar exentos del IBI por aplicación de otros apartados de los acuerdos o por la Ley de Mecenazgo, que dispone que estarán exentos los bienes de los que sean titulares las entidades sin fines lucrativos, excepto las explotaciones económicas no exentas del Impuesto de Sociedades. Así, la exención es prácticamente total para todos los inmuebles de titularidad de alguna confesión.
- Afirmar que la Iglesia esta exenta de IBI es falso y confuso; primero, porque tiene el mismo régimen que cualquier fundación y segundo porque sí paga IBI por los bienes que no están amparados por la ley de mecenazgo (parkings, explotaciones agrarias, repostería, restauración, etc.).
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en respuesta a la solicitud de algún grupo parlamentario de que se suprima la exención del IBI para los inmuebles de la Iglesia Católica, ha respondido que no se podría suprimir la exención sin más sin modificar el acuerdo con la Santa Sede.
- El Partido Popular considera que la fórmula de colaboración actualmente existente con la Iglesia en materia económica:
1. Funciona satisfactoriamente,
2. Responde a los postulados constitucionales,
3. Produce beneficios a la sociedad española y,
4. Cuenta con un amplio respaldo social.
Los acuerdos, tanto los de la Iglesia católica como los del resto de confesiones, han sido objeto de reiterados pronunciamientos del Tribunal Constitucional, sin que en ellos se hayan encontrado cláusulas contrarias a la Constitución con respecto a los acuerdos, tanto de la Iglesia católica como del resto de confesiones.
En toda esta polémica no puede perderse de vista el cinismo de los socialistas: esto es lo que se aprobó cuando gobernaba el PSOE:Con vigencia desde 1 de enero de 2007 y con carácter indefinido, en desarrollo de lo previsto en el artículo II del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia Católica el 0,7 por 100 de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.
Fue por tanto el Gobierno del PSOE el que elevó la asignación tributaria del 0,5 al 0,7%.¿ Por qué no hicieron nada de lo que ahora reclaman en los 22 años que gobernaron los socialistas Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero?.
4. Cuenta con un amplio respaldo social.
Los acuerdos, tanto los de la Iglesia católica como los del resto de confesiones, han sido objeto de reiterados pronunciamientos del Tribunal Constitucional, sin que en ellos se hayan encontrado cláusulas contrarias a la Constitución con respecto a los acuerdos, tanto de la Iglesia católica como del resto de confesiones.
En toda esta polémica no puede perderse de vista el cinismo de los socialistas: esto es lo que se aprobó cuando gobernaba el PSOE:Con vigencia desde 1 de enero de 2007 y con carácter indefinido, en desarrollo de lo previsto en el artículo II del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, el Estado destinará al sostenimiento de la Iglesia Católica el 0,7 por 100 de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.
Fue por tanto el Gobierno del PSOE el que elevó la asignación tributaria del 0,5 al 0,7%.¿ Por qué no hicieron nada de lo que ahora reclaman en los 22 años que gobernaron los socialistas Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero?.
Lo principal es que estamos ante una cortina de humo para desviar la atención del catastrazo que se avecina a los carreñenses. El Gobierno socialista de Ángel Riego y la concejal de Hacienda Amelia Fernández han elegido el peor momento posible para pedir la revisión al Catastro. Tras años de retrasos y demoras, todos los vecinos de Carreño vamos a pagar un precio muy alto a causa de la típica dejadez y cachaza de los socialistas de nuestro concejo. Mientras tanto, los mismos que se presiden procesiones, se dedican a atacar a la Iglesia con el único objetivo de sacar réditos políticos.
7- MOCIÓN DEL PSOE PARA SOLICITAR UN INTERÉS FIJO DEL 5% EN EL PRÉSTAMO QUE EL AYUNTAMIENTO HA TENIDO QUE SOLICITAR PARA HACER FRENTE A LAS DEUDAS PENDIENTES A 1 DE ENERO DE 2012 EN EL MARCO DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA
Votos a favor: 8. PSOE(6), FORO(2).
Votos en contra: 4. PP(4).
Abstenciones:5. IU(1), UICA(1), CAUN(1), UNA(1), PCPE(1).
Otro brindis al sol del PSOE: piden un tipo de interés del 5% después de que el Alcalde ya haya firmado con Bankia el préstamo de 434.133,15euros correspondientes al plan de pago a proveedores.
8- MOCIÓN DE FORO ASTURIAS RELATIVA A LOS TOPÓNIMOS DE CARREÑO
RESULTADO DE LA VOTACIÓN:RECHAZADA
Votos a favor: 6. PP(4), FORO(2).
Votos en contra: 10. PSOE(6), IU(1), UICA(1), UNA(1), PCPE(1).
Abstenciones: 1. CAUN(1).
El PP se ha unido a Foro en una reivindicación muy clara que hemos defendido respecto de topónimos como Guimarán y Piedeloro: es necesario recuperar el carácter oficial de topónimos como Logrezana, Pervera y Prendes, que actualmente ya no son oficiales, y siguen siendo de uso generalizado por parte de los vecinos. El PP defiende el respeto a la tradición oral y al deseo de los vecinos, y a buen seguro, que los topónimos señalados vuelvan a ser oficiales, responde tanto a la tradición como a la querencia vecinal.
Sorprende la actitud del PSOE, que rechaza para los vecinos de parroquias como Logrezana, Pervera y Prendes, lo mismo que ha defendido para otras parroquias de nuestro concejo. El mismo PSOE que utiliza en documentos oficiales topónimos que no son oficiales, se niega a reconocer a cientos de vecinos de Carreño su derecho a que el nombre de su pueblo, recupere el carácter oficial que nunca debió perder.
9- MOCIÓN DEL PCPE EN SOLIDARIDAD CON LAS MOVILIZACIONES DE LOS MINEROS
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA
Votos a favor: 13. PSOE(6), FORO(2), IU(1), UICA(1),CAUN(1), UNA(1), PCPE(1).
Abstenciones: 4. PP(4).
10- MOCIÓN DE IU SOBRE EL PLAN INDUSTRIAL DE ASTURIAS
RETIRADA POR EL PORTAVOZ DE IU.
11- MOCIÓN DE UICA, CAUN, PCPE, UNA, IU, FORO Y PP PARA CREAR COMISIÓN
DE INVESTIGACIÓN SOBRE EXPEDIENTE DE DISCIPLINA URBANÍSTICA
RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA POR UNANIMIDAD.
Se ha decidido crear una comisión de investigación con un representante de cada Grupo, por las siguientes razones:
"Los concejales de la oposición del Ayuntamiento de Carreño, en nuestra labor de control y fiscalización de la gestión del gobierno local, nos sentimos obstaculizados por la actitud del secretario municipal respecto de la elaboración de informes que solicitamos legítimamente y en el ejercicio de nuestras funciones.
La última actuación que provocó la presentación de esta moción, es la negativa del secretario a elaborar un informe, amparándose de modo dudoso legalmente y escudándose en prerrogativas legales amparadas en la Disposición Adicional Segunda del “Estatuto Básico del Empleo Público” en relación con los artículos 1 a 5 del R.D. 1174/1987, de 18 de septiembre que regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, interpretando dichas funciones de un modo restrictivo.
El informe que el Secretario se negó a emitir, argumentando que el asunto sobre el que se solicitaba no iba a ser tratado en el Pleno, se refiere al expediente de disciplina urbanística 5560/1999, plagado de irregularidades a lo largo de los once años que duró su tramitación.
Todos los concejales que asisten a la comisión de Medio Ambiente son testigos de las innumerables ocasiones en las que fueron solicitados informes de secretaría para conocer el alcance legal de las irregularidades constatadas en las sucesivas consultas de mismo.
Según se fueron sucediendo en dicha comisión las peticiones, por parte de los grupos de la oposición, del asesoramiento legal que corresponde a la Secretaría de esta Administración Local, la concejala delegada del área nos fue trasmitiendo requisitos y evasivas del secretario que concluyeron en que deberíamos solicitar dichos informes por escrito. Una vez solicitados los mismos siguiendo sus indicaciones, a través del Registro General del Ayuntamiento, se produce por parte del secretario la negativa a elaborar el informe requerido amparándose en la normativa citada anteriormente y vigente desde hace veinticinco años, lo que interpretamos como un acto de “mala fe del funcionario” que se protege, de forma reprochable, interpretando restrictivamente la misma y obstaculizando la adaptación funcional y la inmediatez que se exige, hoy en día, a la administración pública, sobre todo a la administración local, como ente público más cercano al ciudadano. A todo ello debe añadirse que de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, el puesto de Secretario tien atribuido funcionalmente el asesoramiento jurídico de los miembros de la Corporación. De lo dicho, así como del cúmulo de hechos relatados en esta moción, se desprende que tanto el Secretario como el Alcalde, jefe de personal del Ayuntamiento, ignoran en perjuicio de los partidos políticos de la oposición, la descripción de funciones del puesto de Secretaría, la cual ampara la petición de informe jurídico planteada.
Así mismo entendemos censurable y oscurantista la actitud del alcalde y de la delegada de Medioambiente por no haber ordenado la emisión del informe solicitado en aras de la transparencia y de la facilitación de las tareas de fiscalización y control de la gestión municipal por parte de los concejales de la oposición
Así pues y una vez fracasados todos los intentos de clarificar en el ámbito de la comisión informativa ordinaria las irregularidades detectadas en la tramitación del expediente, todos los grupos de la oposición hemos decidido presentar esta moción conjunta al objeto de crear una comisión de investigación para aclarar lo ocurrido con este expediente."
FUERA DEL ORDEN DEL DÍA:
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CARREÑO CON MOTIVODEL VERTIDO DE FUEL
El único interés de la Corporación municipal es el bien del vecindario y nuestro objetivo, que se
vuelva a la normalidad cuanto antes, lo prioritario ahora, además de controlar el vertido, es
establecer el operativo que permita apoyar a los colectivos más afectados por el desastre
medioambiental, además de tomar las medidas necesarias para que no se vuelva a producir.
Por todo ello, los grupos políticos con representación municipal en el Ayuntamiento de Carreño
adoptan los siguientes acuerdos:
ACUERDOS
PRIMERO – Instar a las administraciones competentes o sus organismos instrumentales, a que
se proceda a la inmediata, pronta y exhaustiva limpieza de arenales y acantilados afectados por
los vertidos; pudiendo para ello incorporar cuadrillas entre las personas desempleadas del
concejo; sin perjuicio del voluntariado, aunando todos los medios humanos materiales
posibles. Todo ello, deberá de efectuarse con la coordinación necesaria para
un resultado óptimo de esta operación.
SEGUNDO – Que se valoren los daños producidos y, en consonancia con los mismos, se
cuantifiquen las indemnizaciones económicas por los perjuicios ocasionados a la actividad
industrial, comercial y turística, entre otros sectores, damnificados por los vertidos.
TERCERO – Establecer medidas correctoras a las empresas potencialmente contaminantes
para que no se vuelvan a producir hechos como estos, y que se elaboren planes y protocolos de
actuación para paliar las consecuencias y el impacto de estas catástrofes ecológicas.
CUARTO - En el ámbito municipal, el Ayuntamiento de Carreño se compromete a exigir la
depuración de responsabilidades por parte de HC, que es la empresa en cuyas
instalaciones de la central térmica de Aboño se ha originado la fuga causante del
vertido. Es necesario esclarecer la responsabilidad administrativa, civil y penal
que pudiera existir en la actuación de HC. El vecindario merece respuestas, y el
Ayuntamiento estará a la altura de las circunstancias para pedir que todas las
dudas sean aclaradas. Del mismo modo,el Ayuntamiento se compromete a estudiar en
el ámbito de la Comisión de Medio Ambiente, una petición de modificación de la
autorización ambiental integrada que la Administración del Principado otorgó en su día a la
central térmica, en el sentido de endurecer y clarificar lasexigencias en materia de protección
del medio ambiente.
QUINTO - Dar traslado de este acuerdo al Gobierno de España, a través del Ministerio de
Fomento; al Gobierno del Principado de Asturias, mediante las Consejerías de Presidencia y
Fomento; y a la Junta General del Principado, y a los grupos parlamentarios que la conforman.
12. DACIÓN DE CUENTA DE SENTENCIAS
13. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA
14. RUEGOS Y PREGUNTAS FORMULADAS POR EL PARTIDO POPULAR
1. P. Teniendo en cuenta que, de conformidad con el sentido del voto en la moción de este mismo Pleno relativa a los topónimos, el PSOE está en contra de que recuperen el carácter oficial topónimos como Logrezana y Prendes, ¿ por qué en las Resoluciones de la alcaldía no se utiliza el topónimo oficial?. Desde el PP señalamos que el PSOE exhibe un cinismo realmente preocupante: rechaza el derecho de los vecinos a que topónimos de uso generalizado como Logrezana y Prendes sean oficiales, pero sigue usándolos en los documentos administrativos, cuando por razones de legaldiad en el uso de los topónimos, debería usar aquellos que son legales.
R. El Alcalde dice que usa topónimos no oficiales en sus resoluciones porque él habla en castellano. Desde el PP nos parece perfecto, pero le advertimos de que no ha de confundir su correspondencia privada con los actos administrativos que dicta como Alcalde. Sr. Riego: sea valiente y únase a los vecinos que quieren recuperar topónimos de uso generalizado como Logrezana, Pervera y Prendes, desterrados de la oficialidad hace años por el Gobierno del PSOE, y si no quiere, sea coherente, y utilice los topónimos oficiales.
2. R. Hemos planteado como ruego, que se inste al Principado a limpiar la ciudad residencial de Perlora, en estado lamentable de deterioro y suciedad.
3. R. Hemos planteado como ruego que se limpie la C-6 entre Pervera y Ambás, dado que los márgenes de la carretera están en algunos tramos llenos de vegetación que puede hacer peligrosa la conducción.
4. P. Hemos preguntado por qué el estado de los jardines y de la limpieza en Candás presenta un estado tan claro de deterioro y abandono.
R. El Alcalde ha remitido a las explicaciones dadas en la Comisión de Personal. Desde el PP pedimos al Gobierno que ejerza con carácter efectivo y eficaz la jefatura de personal, y solucione de una vez por todas los problemas que perjudican la prestación de un adecuado servicio público.
5. P. El pasado 5 de enero, este portavoz presentó una solicitud de información en el Ayuntamiento, relativa al retraso de diez años en la publicación del Reglamento de la Escuela de Música. Pues bien, en la contestación a dicho escrito, fechada el 26 de enero, el Sr. Alcalde especifica que la responsabilidad de ejecutar los acuerdos plenarios recae en el Secretario y en él mismo, y señala además en relación con la exigencia de responsabilidad que el Partido Popular había apuntado: “en relación con las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del retraso de la publicación del citado Reglamento de la Escuela de Música, se valorará su propuesta”.
Teniendo en cuenta que la propuesta del PP era estudiar la posible existencia de responsabilidades disciplinarias por este asunto, ¿ se ha valorado la propuesta?. ¿ Se ha estudiado?
R. El Alcalde responde que considera que el retraso fue un simple error administrativo, y que no aprecia ningún tipo de responsabilidad.
6 .P. El BOPA del pasado 21 de junio, se publicaron las bases para formación de bosa de empleo, en cada especialidad, para futuras contrataciones con destino a la Escuela de Música. El sistema selectivo finalmente elegido para dicho proceso selectivo es el concurso. Pues bien, en este punto hay que traer a colación la reunión de la Comisión de Personal del 18 de abril, en la que se decía a este respecto según el acta:
“La Presidenta explica que se trata de sustituir a la profesora de clarinete de la Escuela de Música, durante la baja maternal. También existe informe de necesidad emitido por el Director de la Escuela. Desde la Secretaría se cuestiona el sistema de selección por concurso, le indicaron desde la Escuela que si se hiciese en regla tendría un mayor coste.
El Secretario señala que para él es sistema debe ser primero oposición y luego si está justificado muy claramente concurso-oposición o concurso. En este caso no tiene criterio y cree que es más correcto hacer una prueba objetiva, además no tiene que ser tocar el instrumento, puede ser de otro tipo, curricular…”
Queda claro pues que el 18 de abril, el Secretario se decantaba por cualquier sistema, salvo el concurso, que relegaba al último lugar planteándole serias dudas. La pregunta es: con todos estos antecedentes, ¿ por que la selección de un interino para cubrir una plaza de arquitecto técnico se realiza por oposición, mientras que la selección de interinos para la cobertura de puestos de la Escuela de Música se realiza por el procedimiento excepcional de concurso?.
R. El Alcalde responde que el informe del Secrteario justifica la diferencia de criterio.
7. R. Tras esta pregunta queremos formular un ruego: rogamos al Alcalde que en calidad de Jefe de Personal de este Ayuntamiento, reconvenga al Sr. Secretario para que deje de menospreciar y jugar con los concejales de este Ayuntamiento, especialmente con los que estamos en la oposición. Al margen de la exigencia de las responsabilidades disciplinarias a que haya lugar en cada caso, y que desde el PP vamos a exigir, nos parece incalificable que el Secretario dijera en la comisión de personal del 27 de junio de 2012, que optar por el sistema de concurso oposición para las pruebas selectivas de la bolsa de la Escuela de Música supondría incurrir en malversación de fondos públicos y prevaricación. ¿ Cómo se atreve a hacer esas consideraciones un funcionario que el pasado 18 de abril, nos dijo en esa misma comisión que él mismo había puesto reparos a la utilización del concurso por razones de legalidad?. ¿ Acaso nos toma por tonto?. ¿ Acaso cree ese funcionario que se nos puede decir una cosa y la contraria sistemáticamente y vamos a tragar sin decir nada?.
Los concejales de este Ayuntamiento, en tanto que representantes de los vecinos de Carreño merecemos respeto. Por todo ello, desde el PP exigimos el cumplimiento de las obligaciones legales que el susodicho funcionario tiene con este Ayuntamiento, y que el Alcalde haga cumplir esas obligaciones, como Jefe de Personal que es.
8. P. Contenido de la reunión con la Cámara de Comercio de Gijón. ¿Ha habido algún avance respecto del vivero de empresas de Prendes?. ¿ Por qué no se invitó a ningún concejal de la oposición a dicha reunión?.
R. El Alcalde señala que fue una visita institucional del Presidente de la Cámara. No aclara si se trató algo relativo al vivero de emrpesas de Prendes, y aclara que la visita era para ver al Alcalde exclusivamente.