Bajar los tipos de gravamen del IBI un 10% e incrementar la
bonificación para inmuebles urbanos
dedicados a actividades agrícolas situados en zonas rurales, reducir al recibo
actual de la plusvalía en más de un 50%, bajar otro 50% la tasa por apertura de
establecimientos y congelar el resto de tributos, son las propuestas fiscales
del PP de Carreño para el año 2017.
La propuesta del Gobierno formulada este jueves en la comisión de Hacienda,
va en la buena línea en cuanto al IBI y la plusvalía, pero el margen municipal
es aún muy amplio para que la reducción de estos impuestos sea mayor. La
situación de la plusvalía es escandalosa: actualmente en Carreño por heredar un
piso de 18 años de antigüedad y 100.000 euros de valor catastral, se pagarían
más de 13.000 euros por ese impuesto.
Bajar impuestos una de los
pilares de las ideas que defiende el PP de Carreño. ¿Por qué hacemos este
planteamiento?:
1) Porque los ciudadanos y las pequeñas y medianas
empresas necesitan un alivio frente a la carga que soportan por el pago de
impuestos.
2) Porque hay un gasto corriente susceptible de ser
ajustado como venimos señalando desde hace años.
3) Porque los importantes ingresos que Carreño tiene por
la presencia en el término municipal de grandes empresas, deberían permitir que la carga fiscal sobre
los vecinos en su conjunto sea menor.
A continuación se detallas las
modificaciones planteadas:
Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) (Reducción del 10% y aumento
de la bonificación por bienes en núcleos rurales).
Propuesta:
1) Reducción de los tipos urbano
y rústico de tal manera que:
El tipo de gravamen que se aplica
a los bienes urbanos pasaría del 0,59 a 0,53. (en esto
coincidimos con el Gobierno).
El tipo de gravamen que se aplica
a los bienes rústicos pasaría del 0,36 al 0,32. ( en
esto coincidimos con el Gobierno).
2) Incrementar hasta el 70% la
bonificación para inmuebles urbanos situados en núcleos rurales, en los que se
hallen enclavadas construcciones directamente vinculadas a una actividad
primaria de carácter agrícola, ganadero o forestal, que actualmente se sitúa en
el 50% (el máximo legal es del 50%). (el Gobierno no
plantea incrementar esta bonificación).
Justificación: compensar
el incremento de los valores catastrales que se viene produciendo cada año
desde el 1 de enero de 2014 y que se mantendrá hasta 2024. En lo que respecta a la bonificación, dado que
el máximo legal es del 90%, entendemos que hay margen para seguir mitigando el
impacto de los nuevos valores en los núcleos rurales del concejo, que son los
más afectados por las subidas asociadas a la revisión catastral.
Impuesto sobre el
incremento de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía) (Reducción de más
del 50% e incremento de las
bonificaciones por transmisión de la vivienda habitual).
Propuesta:
1) Reducción del tipo de gravamen que pasaría del 30 al 20%.( el Gobierno plantea que el tipo sea del 24%).
2) Reducción de los porcentajes aplicables del siguiente
modo: (el Gobierno plantea una reducción del 20% y
nosotros del 30%).
a) Para los incrementos de valor generados en un periodo de
tiempo comprendido entre uno y cinco años: 3,70 %, que pasaría a 2,59%.
b) Para los incrementos de valor generados en un periodo de
tiempo hasta diez años: 3,47 % que pasaría a 2,42%
c) Para los incrementos de valor generados en un periodo de
tiempo de hasta quince años: 3,20 % que pasaría a 2,24%
d) Para los incrementos de valor generados en un periodo de
tiempo de hasta veinte años: 3,00 que pasaría a 2%.
3 ) Elevar del 75 al 95% (el
máximo legal), la transmisión de la vivienda habitual por herencia para
aquellas que tengan un valor catastral inferior a los 50.000 euros, y del 75 al
85% para aquellas que superen los 50.000 euros de valor catastral. (El Gobierno no plantea esta bonificación).
4) Contemplar
la reducción de la base imponible que prevé el artículo 107.3 de la Ley de
Haciendas Locales para aquellos municipios que tengan nuevos valores
catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de
carácter general. De este modo, el nuevo apartado 4 del artículo 8 quedaría del siguiente modo: (El Gobierno no plantea esta
reducción)
4. Al estar en el
supuesto previsto en el apartado 3 del artículo 107 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una reducción de la
base imponible durante los cinco primeros años de efectividad de los nuevos
valores catastrales que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014, de acuerdo
con un porcentaje de reducción del 60%.
La reducción prevista
en este apartado no será de aplicación a los supuestos en los que los valores
catastrales resultantes del procedimiento de valoración colectiva a que aquél
se refiere sean inferiores a los hasta entonces vigentes.
El valor catastral reducido en ningún caso podrá ser
inferior al valor catastral del terreno antes del procedimiento de valoración
colectiva.
Justificación: Es el otro
impuesto municipal afectado por la revisión catastral que desde su entrada en
vigor en 2014, no ha experimentado modificaciones a la baja como sí ha ocurrido
con el IBI. Es por ello que desde el PP consideramos que este año debe
realizarse un esfuerzo especial en relación con este tributo, dado que los
contribuyentes del concejo que han tenido que afrontar su pago desde el 1 de
enero de 2014, han sufrido el cobro de importantes cantidades en supuestos en
los que ni siquiera se tiene que afrontar el pago del impuesto de sucesiones,
sin que hasta ahora el Ayuntamiento haya realizado ninguna modificación a la
baja en este impuesto.
Tasa por apertura de establecimientos (reducción del 50%). (el Gobierno no plantea esta rebaja).
Propuesta:
1) Adaptar todo el texto a la ley
actual que no exige licencia para iniciar actividades económicas y de
prestación de servicios.
2) Reducir las tarifas en un 50%.
Justificación: una de las
formas más eficaces de ayudar a la generación de riqueza mediante el
establecimiento de nuevas actividades y negocios, es la reducción de la tasa
que tiene que pagar para establecerse. Es por ello que se propone la supresión
de esta tasa que se ha practicado en otros municipios españoles con resultados
positivos para las economías locales respectivas.
Resto de tasas y precios públicos (congelación).
Propuesta: congelación.
Justificación: No se han
alterado las circunstancias que justificaron la congelación en 2016, por lo que
procede que dicha congelación surta efectos también en 2017.
El PP ha trasladado estas
propuestas al Gobierno local y al resto de grupo municipales (Somos e IU), y
esperamos tener respuestas pronto para iniciar la negociación de los tributos
correspondientes al año que viene. Confiamos en que nuestra apuesta por reducir
la presión fiscal tenga el apoyo de la mayoría del pleno municipal. Valoramos
positivamente que el Gobierno quiera bajar el IBI y la plusvalía, pero le
instamos a que no sea cicatero, dado que la recaudación municipal de este y
otros tributos permitiría que las reducciones sean mayores al objeto de reducir
verdaderamente los efectos del catastrazo.
Finalmente y en cuanto a la tasa
por los actos de bienvenida a la comunidad o “bautizos civiles” que el Gobierno
local quiere crear, el PP ya ha dicho en la comisión informativa de Hacienda
que votaremos en contra porque creemos que organizar ese tipo de ceremonias no
es algo que deba ocupar ni los recursos locales ni el tiempo de la alcaldesa ni
del resto de concejales ni de personal municipal. No está entre sus
competencias. Bastantes problemas hay que solucionar como para ocupar al
Ayuntamiento en “bautismos civiles”. En consecuencia tampoco creemos que haya
que crear una nueva tasa.
LA NOTICIA EN LA PRENSA: