sábado, 29 de diciembre de 2012

PLENO DE DICIEMBRE DE 2012 DEL AYUNTAMIENTO DE CARREÑO

Pleno celebrado el 27 de diciembre de 2012

Asistentes: todos los concejales de la corporación, salvo la portavoz del PCPE, la cual se encontraba ausente por razones justificadas.

1. Lectura y aprobación de las actas de las sesiones anteriores (08-11-12 y 29-11-12).

RESULTADO DE LAS VOTACIONES: APROBADAS POR UNANIMIDAD.

2. Moción presentada por UICA relativa a calendario de celebración de las comisiones informativas.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZADA

Votos a favor: 3.  IU(1),UICA(1),CAUN(1).
Votos en contra: 13. PSOE(6),PP(4),FORO(2), UNA(1).

La moción planteaba la supresión de dietas y cambios respecto del calendario de sesiones que actualmente está en vigor. El Partido Popular enmendó la moción en el sentido de aprobar la supresión de las dietas, manteniendo el actual calendario de sesiones, acompasado en relación con el horario de los empleados públicos municipales y con un funcionamiento generalmente satisfactorio en ese aspecto desde su establecimiento en julio de 2011. La enmienda del PP no fue aceptada por UICA y finalmente la moción se votó en los términos inicialmente presentados.

3. Moción conjunta de los grupos políticos PSOE, FAC, CAUN, UNA y PCPE, relativa a incremento de tasas judiciales.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA 

Votos a favor:12. PSOE(6), FORO(2),  IU(1), UICA(1), CAUN(1), UNA(1).
Votos en contra:4.PP(4).

El Partido Popular defiende la justificación y conveniencia del sistema de tasas judiciales establecido en virtud de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por los siguientes motivos:

Las Tasas Judiciales constituyen un sistema de financiación de la Justicia desde el año 2002.

La Ley de Tasas Judiciales aprobada obedece a dos finalidades:

A) Garantizar el sostenimiento de la justicia gratuita para aquellos ciudadanos que carezcan de recursos para litigar. Todos los recursos se destinarán a financiar este sistema.  Actualmente, las Comunidades Autónomas con competencias transferidas tienen problemas para hacer frente a este servicio.  De hecho, es creciente el malestar de los Colegios de Abogados por los importantes retrasos en el pago del turno de oficio.  En definitiva, las Tasas Judiciales están dirigidas a garantizar la viabilidad de la Justicia Gratuita.

Es importante señalar que se va a elevar el umbral de beneficiarios de la Justicia Gratuita a quienes cobren menos de 2,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), por lo que se beneficiará un mayor número de personas de este servicio.

B) Contribuir decisivamente a evitar el colapso la justicia, al tiempo que se trata de acabar con el abuso y las prácticas dilatorias.  De hecho se está promoviendo el arbitraje, habiéndose aprobado recientemente en el Congreso la Ley de Mediación. La congestión de los Juzgados no solo perjudica los derechos de los ciudadanos sino también a nuestra propia competitividad como Nación, a nuestro propio tejido productivo.

 En todo caso, Quedan excluidos del pago de la Tasa:

 Como indicamos anteriormente, los beneficiarios de Justicia Gratuita.

El orden penal.  Es decir, el 72,4% de los asuntos que tuvieron entrada en los juzgados en el 2011.

La 1ª instancia en el orden Social.  En la 2ª instancia, si quien recurre es el trabajador, la cuantía de la tasa se reduce un 60%.

Procesos de capacitaciónfiliación y menores.

 La protección de los derechos fundamentales.

En lo Civil, estarán exentos de Tasa los juicios monitorios y los juicios verbales inferiores a 2.000€.

Además, el importe de la tasa está incluido en las costas. Si el tribunal estima la pretensión del demandante, este recuperará lo abonado por este concepto.

Los casos de violencia de género van por la vía penal, con lo cual quedan exentas de tasas.

Los procedimientos de divorcio tendrán tasas, si bien también están exentos los procesos en los que se decida la guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos.

 Las Tasas Judiciales no vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva.

El acceso a la tutela judicial efectiva queda totalmente garantizado, pues quien no tiene recursos, a través de la justicia gratuita accederá a ella, y en el resto de casos debe recordarse que el pago de la Tasa costea un porcentaje ínfimo en el servicio público que utilizan, un 10%. Se trata por tanto, de gestionar los recursos públicos con eficacia, eficiencia y racionalidad siempre, pero hay más obligación si cabe en época de crisis, aunque algunos no han sabido, ni saben, ni sabrán gestionar así el dinero público.

En definitiva, La Ley de Tasas se ajusta a la Constitución, y cumple con la doctrina del Tribunal Constitucional, que ha considerado acorde con la Constitución la existencia de Tasas Judiciales.

4. Moción presentada por los grupos políticos PSOE, PP, FAC,  CAUN, UNA y PCPE, relativa a publicidad de las retribuciones de los cargos públicos y grupos políticos del Ayuntamiento de Carreño.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA POR UNANIMIDAD

Votos a favor:16. PSOE(6), PP(4), FORO(2),  IU(1), UICA(1), CAUN(1), UNA(1).

Desde el Partido Popular de Carreño nos alegramos de que, partiendo de la moción inicialmente presentada por Foro y el PP,  haya sido posible alcanzar un acuerdo amplio dentro del arco político municipal, al objeto de profundizar en la información que el Ayuntamiento ofrece a los vecinos del concejo, en el caso que nos ocupa, en materia de retributiva de cargos públicos. El único cambio respecto del texto original y fruto del pacto al que nos referíamos, se circunscrible a la periodicidad de la publicación de los datos, que pasa de ser mensual a semestral.

5. Declaración de no disponibilidad de crédito correspondiente a la paga extraordinaria de diciembre de los empleados públicos municipales.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBADA

Votos a favor: 12. PSOE(6),PP(4),FORO(2).
Votos en contra:4.  IU(1),UICA(1),CAUN(1),UNA(1).

6. Dación de cuenta de la sentencia  en procedimiento abreviado nº 119/2012

7. Dación de cuenta de las resoluciones de la alcaldía mes de noviembre 2012.

8. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.

P. El Partido Popular preguntó acerca de la licitación del servicio de explotación y mantenimiento de las estaciones depuradoras del concejo, publicada en el BOPA del pasado 12 de diciembre. ¿Existen precedentes de este tipo de contrato?.¿ Por qué no asume estas funciones CADASA?.

R. El Alcalde respondió que la licitación de este servicio es práctica habitual en el Ayuntamiento, aclarando la Interventora que el precio del contrato revierte a nuestra entidad local a través de una subvención de la Junta de Saneamiento.

R. Hemos planteado como ruego la necesidad de que salga a convocatoria pública la organización de los festejos locales correspondientes al año 2013. Con ello se quiere evitar que pueda existir la excesiva premura que se alegó por parte del Gobierno respecto del procedimiento que se siguió para los festejos de 2012.

P. Hemos preguntado acerca de las intenciones del Gobierno local respecto de la aprobación de un planeamiento urbanístico para las parroquias que carecen de dicho planteamiento actualizado, es decir, Carrió y Perlora. Al mismo tiempo, hemos rogado que se plantee una nueva propuesta respecto de este asunto.

R. El Alcalde sencillamente se remitió al reciente rechazo por parte de la mayoría absoluta del Pleno a la propuesta referida a Carrió y Perlora, sin adquirir un compromiso respecto del planteamiento de una nueva propuesta.

P. En relación con la visita a Carreño de la Directora General de Política Lingüística, preguntamos si ofreció datos  y fechas concretas relativas a la regularización de la situación de los topónimos "Guimarán" y "Piedeloro", y en ese sentido cuándo se va a constituir la Junta de Toponimia.

R. El Alcalde señaló que la Directora General no ofreció datos concretos acerca del momento en el que Guimarán y Piedeloro recuperarán el carácter oficial.

PLENO EXTRAORDINARIO CELEBRADO EL 28 DE DICIEMBRE DE 2012

Asistentes: todos los concejales, salvo los portavoces de FORO, IU y PCPE que no asistieron por razones justificadas.

Con carácter extraordinario y urgente fue convocado un pleno celebrado en la tarde del día 28 de diciembre, al objeto de resolver una alegación frente a las ordenanzas fiscales para el año 2013. 

Según se explicó, la alegación entró en el Ayuntamiento en la mañana del día 28, y tuvo asiento de entrada en el registro autonómico del Principado de Asturias el pasado día 24. Teniendo en cuenta que las ordenanzas fueron publicadas en el BOPA del mismo día 28 y la necesidad de que estén en vigor con el inicio del nuevo año, se convocó el pleno extraordinario para resolver la citada alegación, presentada por la asociación "Asmadera" frente a la creación de una tasa que grava la utilización de los caminos y viales públicos en las operaciones de corta, saca y transporte de maderas.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: DESESTIMADA LA ALEGACIÓN

Votos a favor: 13. PSOE(6),PP(4),UICA(1),CAUN(1),UNA(1).
Votos en contra:1.FORO(1).

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

EL PP PIDE QUE LOS FESTEJOS DEL PRÓXIMO VERANO SE SAQUEN YA A CONTRATACIÓN