jueves, 29 de noviembre de 2018

Pleno de noviembre de 2018 del Ayuntamiento de Carreño

Pleno celebrado el 29 de noviembre de 2018.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.

1. Lectura y aprobación de las actas de las Sesiones: Pleno Ordinario de fecha 25 de octubre de 2018. Pleno extraordinario-urgente de fecha 31 de octubre de 2018.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

2.  Moción del Grupo Municipal Socialista con motivo del 25 de noviembre, día Internacional contra la violencia de género.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

3. Dación de cuenta de resoluciones de la Alcaldía de Octubre 2018

4. Dación de cuenta de resoluciones judiciales.  Sentencia 851/18. del TSJ Asturias P. O. 368/2018. Sentencia 211/2018 del Jdo. Contencioso/Admtvo. nº1 Gijón. P.Abrev. 145/2018. Sentencia 213/2018 del Jdo. Contencioso/Admtvo. nº1 Gijón. P.Abrev. 95/2018.

5. Corrección de errores detectado en acuerdo plenario de reconocimiento extrajudicial de facturas.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

6. Proposición planteada por el PP, de modificación de la ordenanza fiscal nº 303,  reguladora del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: RECHAZO.
SÍ: 4.PP(4).
NO: 13. PSOE(6), SOMOS(4), IU(3).
ABSTENCIÓN: 0.

Exposición de motivos

En las reuniones de 24 y 30 de octubre y 6 de noviembre de 2018 de la comisión informativa de Hacienda, se han tratado diversos aspectos de la ordenanza fiscal  reguladora del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, frecuentemente denominado plusvalía. Concretamente, el Partido Popular ha puesto sobre la mesa que, dado que a partir del próximo 1 de enero dejará de estar en vigor la reducción del 35% de la base imponible que contempla la ordenanza para este año, es oportuna y conveniente una modificación de  dicha norma al objeto de, como mínimo  quede compensada la pérdida de vigencia de dicha reducción.

En la reunión del 6 de noviembre trasladamos nuestra propuesta de reducción del tipo de gravamen del 20 al 10%, con el precitado objetivo de compensación de la eliminación de la reducción. Asimismo, desde el PP creemos que es  causa de justificación para la rebajada de este impuesto, el hecho de que en lo relativo a las herencias, la plusvalía es la versión municipal del impuesto de sucesiones, con el gravante de que en la plusvalía no hay exenciones para determinados contribuyentes, como sí ocurre con el referido impuesto de sucesiones. Así por ejemplo, en Asturias las herencias entre padres e hijos no tributan si no superan los 300.000 euros, mientras que en la plusvalía se tributa desde el primer euro, por lo que todos los contribuyentes se ven afectados, con independencia del caudal hereditario.

Es importante destacar que esta modificación que se propone, es independiente del cambio de la ley  que está pendiente de aprobación para adaptar el impuesto a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Primero, porque dicho cambio se refiere a no tributar cuando en la transmisión de un bien no hay ganancia. Segundo, porque sin perjuicio de lo que dicha ley contemple, hasta su entrada en vigor se aplicará la ordenanza que cada Ayuntamiento haya aprobado, y lo cierto es que si el de Carreño no aprueba esta modificación propuesta, a partir del próximo 1 de enero la plusvalía aplicable será sustancialmente más gravosa que la aplicable el 31 de diciembre.

Por todo lo expuesto, se eleva al Pleno la  aprobación provisional de la siguiente proposición de modificación de la ordenanza fiscal  nº 303,  reguladora del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana:

El artículo 10.1 quedará redactado como sigue: La cuota íntegra de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible, calculada según las reglas establecidas en el artículo anterior, el tipo impositivo del 10%.

Finalmente fue aprobada la propuesta del PSOE y Somos de fijar el tipo de gravamen en el 16%, con el voto del PP en contra y la abstención de IU. Nuestro voto en contra se debe a que con esta modificación, la plusvalía se incrementará el 23% frente a la propuesta del PP que pasaba precisamente por llevar a cabo una reducción del 23%.

7. Adenda al convenio entre el Ayuntamiento de Carreño y el Principado para la gestión de la escuela infantil.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN POR UNANIMIDAD.

8. Moción de IU en contra de la Monarquía.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN:RECHAZO.
SÍ: 7. SOMOS(4), IU(3).
NO: 10. PSOE(6), PP (4).
ABSTENCIÓN:0.

9. Dación de cuenta de composición de comisiones informativas como consecuencia de la toma de posesión del concejal del PP, Nacho Fuentes.

10. Ruegos y preguntas formuladas por el Partido Popular.

¿ En qué momento del procedimiento administrativo que se inició el pasado jueves, se entiende autorizado el gasto?. Es una cuestión relevante porque, si no nos equivocamos, se puede disponer del millón de euros del remanente en el caso de que el gasto se autorice en 2018, y no nos ha quedado claro qué acto tiene que darse para entender autorizado dicho gasto.

La alcaldesa ha respondido que está pendiente la emisión del informe técnico que analice esta cuestión.

Desde el respeto a la libertad de expresión de cada cual, hemos formulado como ruego que todos los concejales tendamos a observar las reglas de la Real Academia Española, frente al lenguaje del "todos y todas" de lo políticamente correcto. En ese sentido recordamos lo que ha dicho la RAE a respecto:

Este tipo de desdoblamientos son artificiosos e innecesarios desde el punto de vista lingüístico. En los sustantivos que designan seres animados existe la posibilidad del uso genérico del masculino para designar la clase, es decir, a todos los individuos de la especie, sin distinción de sexos: Todos los ciudadanos mayores de edad tienen derecho a voto.

La mención explícita del femenino solo se justifica cuando la oposición de sexos es relevante en el contexto: El desarrollo evolutivo es similar en los niños y las niñas de esa edad. La actual tendencia al desdoblamiento indiscriminado del sustantivo en su forma masculina y femenina va contra el principio de economía del lenguaje y se funda en razones extralingüísticas. Por tanto, deben evitarse estas repeticiones, que generan dificultades sintácticas y de concordancia, y complican innecesariamente la redacción y lectura de los textos.

jueves, 22 de noviembre de 2018

Pleno extraordinario. Expropiación del Prendes

Pleno celebrado el 22 de noviembre de 2018.

Asistentes: todos los concejales de la corporación.

1. Aprobación de la urgencia de la sesión.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 10.PSOE(6), SOMOS(4).
NO: 6. PP(3), IU(3).
ABSTENCIÓN: 0.

2. Toma de posesión del concejal del grupo municipal del Partido Popular, José Ignacio Fuentes Pérez.

3. Inicio del expediente de expropiación del Teatro Prendes.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN: APROBACIÓN.
SÍ: 10.PSOE(6), SOMOS(4).
NO: 7. PP(4), IU(3).
ABSTENCIÓN: 0.

Argumentos esgrimidos por el Partido Popular:

Después del Pleno del pasado lunes, en el que con el voto a favor del PSOE y Somos, la abstención de IU y el voto en contra del PP, se aprobó el destino de las inversiones del remanente, reservando un millón de euros para la adquisición del Teatro Prendes, tres días después  se celebra una nueva sesión extraordinaria.

El Partido Popular votó el pasado lunes en contra de la propuesta del Gobierno porque entendíamos, y lógicamente seguimos entendiendo el jueves que las prioridades de los vecinos no pasan en este momento por gastar un millón de euros, que equivale al 85% del dinero disponible, en la compra de un inmueble que tenemos alquilado en virtud de un contrato que finaliza dentro de dos años. Sosteníamos y sostenemos que hay caminos rurales en mal estado, obras de saneamiento pendientes, calles de Candás que siguen como hace 30 años, un paseo marítimo parcheado, unos servicios de limpieza y jardinería que no satisfacen las exigencias mínimas que merecen los vecinos. En definitiva, nos parece que atender estas cuestiones básicas es más importante que colmar el deseo de Amelia Fernández de comprar el Teatro Prendes, como un vano intento de culminar un mandato de cuatro años de gestión que, en su caso,  se han caracterizado por no estar a la altura del cargo que desempeña, simplemente por incapacidad para ejercer sus competencias de manera eficaz. Por lo tanto, si el lunes decíamos no a lo que iba a ser una compra, el jueves, con mayor motivo, decimos no a una expropiación que persigue el mismo objetivo.

Pero es que además, en todo lo realizado por la alcaldesa hay un regusto de engaño que debe ser puesto de manifiesto. El pasado lunes este portavoz ya apuntaba lo que el Gobierno no quería reconocer en público por pura conveniencia política, y es que se barajaba la expropiación como forma de hacerse con la propiedad del Teatro Prendes. Esta es una cuestión importante porque deja a las claras cómo funcionan la alcaldesa y el PSOE. Desde que apareció publicado en la prensa el pasado 21 de octubre, que el PSOE pretendía adquirir el Prendes, en todo momento se habló de compra, y no de expropiación, porque durante este último mes, de lo que se trataba por parte de los socialistas era de vender su planteamiento a la opinión pública, y en ese sentido, comprar es más atractivo que expropiar. A nadie se le escapa que una Administración tiene la potestad de expropiar, pero a nadie se le escapa tampoco que la posibilidad de llegar a un acuerdo, en principio es mejor que la  de iniciar un procedimiento expropiatorio, que es previsible que pueda terminar en los tribunales. Sin embargo lo cierto es que el PSOE jamás dijo que su primera opción era la expropiación. De hecho, todavía ayer la prensa informaba de que empezaban las negociaciones para adquirir el Prendes. Pues bien, al mismo tiempo que los vecinos podían leer dichas informaciones, se estaba celebrando una comisión de Hacienda en la que ya se puso sobre la mesa el inicio del expediente de expropiación, con gran sorpresa de todos, incluido el portavoz de Somos que, o es un actor de Oscar, o realmente estaba como aparentaba, patidifuso ante el planteamiento socialista.

Si la alcaldesa hubiese ido con la verdad por delante desde el principio, poniendo todas las cartas sobre la mesa, con claridad y sin atropellamientos, las cosas serían diferentes, al menos en lo que respecta a la forma de proceder. Sin embargo, esa no ha sido la pauta de comportamiento. Nos encontramos, como siempre, con un Gobierno que,  atrapado por su incompetencia y por su afición a dejarlo todo para el final, con la necesidad de gastar el dinero del remanente antes de que termine el año, usa unas formas y unos procedimientos que hacen saltar todo por los aires.

En cuanto al inicio del procedimiento de expropiación el Partido Popular aprecia graves defectos:

- La única urgencia existente es la del Gobierno por aprobar este expediente para no perder la aplicación del millón de euros aprobado provisionalmente el pasado lunes, pero no creemos que exista una urgencia real, y esto afecta a los derechos de los concejales que integramos este Pleno y debemos adoptar la decisión. Uno de nuestros ediles acaba de tomar posesión y no está informado de nada, pero es que el resto recibió ayer a las 15.00 horas la documentación de que consta el expediente, es decir, hemos tenido 24 horas para analizar informes, uno de ellos de 26 páginas, que probablemente han sido elaborado a lo largo de varias semanas. 

- No vemos en el expediente la justificación de la utilidad pública e interés social que son los presupuestos de toda expropiación. De hecho, hay un contrato de arrendamiento en vigor que finalizará el 31 de octubre de 2020, por lo que la prestación del servicio que tiene lugar en el Teatro Prendes está garantizada y no correo peligro alguno en este momento. 

- Creemos que podría ser erróneo el procedimiento empleado, por no estar en presencia de una expropiación urbanística. Este tipo de expropiación podría estar justificada si el edificio del Prendes estuviera destinado a un uso distinto o bien no tuviera uso alguno, y el Plan General de Ordenación previera para el mismo un uso concreto, en este caso cultural. Sin embargo no estamos en esa situación, dado que el Teatro Prendes lleva más de cincuenta años siendo lo que es, por lo que no estamos ante un supuesto de establecimiento de un servicio público, porque el servicio público ya está establecido desde hace mucho, y garantizado mediante un contrato de arrendamiento al que restan dos años de vigencia.

- Si la expropiación se justifica por razones urbanísticas, no se ha clarificado la incidencia que puede tener en este procedimiento el hecho de que el texto refundido del Plan General esté anulado y aún no se haya ejecutado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que procedió a dicha anulación.

- No hay en este momento crédito adecuado y suficiente para afrontar la expropiación como pone de relieve el informe de la Interventora, dado que la modificación de crédito en la que se incluye el millón de euros, aún no ha entrado en vigor, por lo que el expediente podría verse afectado por una nulidad de pleno derecho. Esto nos parece sumamente grave.

- El dinero que se quiere emplear en la expropiación, además de que aún no forma parte del presupuesto municipal como acabamos de indicar, se corresponde con gastos que deben ser autorizados antes de que finalice el año. En ese sentido, en este fase del procedimiento tampoco se ha aclarado cuándo ha de entenderse que estamos ante gasto autorizado en un procedimiento de expropiación.

- En el informe que forma parte del expediente, no se contiene una descripción del estado material del bien que se pretende expropiar, dado que se limita a describirlo, pero no analiza dicho estado material como exige el artículo 16.2 del reglamento de la ley de expropiación forzosa.

- El informe que contiene el proyecto, ha sido elaborado por la arquitecta de la Mancomunidad, aspecto que no entendemos porque aquí está expropiando el Ayuntamiento, no la Mancomunidad, y además se da la circunstancia de que tenemos un arquitecto que  ostenta la condición de funcionario, cosa que no ocurre con la arquitecta de la Mancomunidad, esto es algo que también debe tenerse en cuenta porque un informe de este tipo que condiciona una posible expropiación, debe ser realizado por el personal funcionario municipal. 

- En el expediente, al menos en el momento de la convocatoria y hasta poco antes de este Pleno, tampoco existía un informe jurídico que explicite el procedimiento a seguir y todas las cuestiones jurídicas que afectan al mismo, lo cual no sólo contribuye a dotar del sustento necesario a la decisión de los concejales, sino que reforzaría la seguridad jurídica del expediente.

En definitiva, si el lunes apuntábamos que el millón de euros debía ser destinado a las verdaderas prioridades, este jueves debemos añadir y advertir de que quienes voten a favor de iniciar este expediente de manera tan poco sosegada, atropellada y motivada, pueden estar metiendo al Ayuntamiento en un nuevo lío con recorrido judicial y graves consecuencias para los vecinos y la hacienda municipal, por lo que el sentido de nuestro voto será negativo.

lunes, 5 de noviembre de 2018

Propuesta para una plusvalía más reducida y justa

El pasado viernes remitimos esta comunicación a los grupos políticos municipales:
Dado que el próximo martes será la tercera reunión de la Comisión de Hacienda en la que se va a tratar el asunto de la plusvalía, y por poner sobre la mesa una propuesta concreta de modificación de la ordenanza fiscal que regula este impuesto, que es la n.º 303. Reguladora del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, nuestro planteamiento sería la modificación del artículo 8.4 que actualmente contempla lo siguiente:
La cuota íntegra de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible, calculada según las reglas establecidas en el artículo anterior, el tipo impositivo del 20%
Visto lo anterior, lo que el PP  propone es que la regulación en este punto a partir del 1 de enero de 2019 sea la siguiente:
La cuota íntegra de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible, calculada según las reglas establecidas en el artículo anterior, el tipo impositivo del 10%.
De esta manera se compensaría la pérdida de vigencia de la reducción del 35%, y se avanzaría en la reducción de este impuesto que nosotros venimos planteando desde hace tiempo, en coherencia con lo que este mismo Ayuntamiento ha regulado respecto del IBI, que es el otro impuesto en el que tienen clara incidencia los valores catastrales.
Ni que decir tiene que esta no es una propuesta cerrada, y que naturalmente está abierta a la negociación y el pacto con el resto de grupos para alcanzar un acuerdo.
LA NOTICIA EN LA PRENSA:

Las prioridades del PSOE no son los problemas reales de los vecinos

viernes, 2 de noviembre de 2018

La plusvalía no puede ser un atraco

El impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana, popularmente conocido como plusvalía, es el tributo que grava la transmisión de inmuebles con ocasión de compraventas o herencias. En relación con las herencias, se podría decir que es la versión municipal del impuesto de sucesiones.

En Carreño desde el 1 de enero de 2014 están en vigor los nuevos valores catastrales que se han incrementado considerablemente respecto de los anteriormente vigentes. En el caso del impuesto sobre bienes inmuebles (la contribución), se ha estado amortiguando el incremento de los valores catastrales  con una bajada anual de los tipos de gravamen. Sin embargo, en el caso de la plusvalía, y pese a que desde el PP lo propusimos en varias ocasiones, no fue hasta las ordenanza fiscales de 2017 cuando el PSOE aceptó nuestro planteamiento, y se aprobó una bajada, que continuó con las ordenanzas fiscales de 2018.

Una de las medidas aprobadas y aplicadas en este 2018, es una reducción  del 35% en el cálculo de la plusvalía. Lo que ocurre es que dicha reducción dejará de estar en vigor el próximo 1 de enero, porque se trata de una medida que la ley sólo  permite para los cinco primeros años de vigencia de los nuevos valores catastrales, período que termina al concluir este año 2018.

¿Qué implica todo esto?.  Que si la plusvalía no se modifica en el sentido de reducir el gravamen y/o los coeficientes que se aplican, al desaparecer la reducción del 35% e se producirá un incremento de este impuesto  en dicho porcentaje respecto de lo que se paga en 2018.

Ejemplo:

Persona fallecida el 31 de diciembre de 2018 que deja una herencia que suma 60.000 euros de valor catastral. Tomando como referencia 20 años desde la última transmisión de los bienes la cantidad a pagar sería de 3510 euros de acuerdo con esta fórmula:

60.000 x20x2,25%= 27.000 euros, a los cuales hay que aplicar la reducción del 35%, esto es: 27.000- 9450= 17.550, y a esa cantidad se le aplica el tipo de gravamen del 20%, por lo que la cantidad a pagar por plusvalía sería de 3510 euros.

Persona fallecida el 1 de enero de 2019 que deja una herencia que suma 60.000 euros de valor catastral. Tomando como referencia 20 años desde la última transmisión de los bienes la cantidad a pagar sería de 5400 euros de acuerdo con esta fórmula:

60.000 x20x2, 25%= 27.000 euros, a los cuales ya no se les podría aplicar la reducción del 35%, por lo que el tipo de gravamen del 20% se aplicaría respecto de 27.000, por lo que la cantidad a pagar por plusvalía sería de 5400 euros.

Como se pude ver, si la ordenanza de la plusvalía no se modifica ahora como pretende el PSOE, la cantidad a pagar a partir del próximo 1 de enero se incrementará en más de la mitad. Por lo tanto, no cambiar la ordenanza no es congelar como dice el PSOE, sino incrementar lo que pagan los vecinos de manera exponencial.

Desde el PP sostenemos que la plusvalía es, como el impuesto de sucesiones, un atraco a erradicar. Es más, la plusvalía en estos momentos está causando a los contribuyentes incluso más daño que el impuesto de sucesiones, dado que no hay mínimo exento, y por lo tanto lo paga todo el mundo.  En esa línea, nuestro planteamiento será que la plusvalía baje sustancialmente en 2019, por lo que plantearemos al resto de grupos que se tomen medidas para evitar un incremento tan vertiginoso y tan injusto de este impuesto.

Todo lo anterior nada tiene que ver con el hecho de que el Ayuntamiento no esté cobrando el impuesto a la espera de un cambio legal que nada tiene que ver con esto que comentamos nosotros. Una vez se reanude el cobro, se aplicará la regulación municipal vigente en cada momento, y de no haber cambios, la diferencia entre 2018 y 2019 será muy sustancial: un auténtico atraco.

LA NOTICIA EN LA PRENSA: