miércoles, 29 de mayo de 2013

El alcalde socialista vuelve a destapar su talante antidemocrático: se niega a que el Pleno del Ayuntamiento debata y vote las enmiendas del PP al presupuesto

En el día de ayer,  el Pleno del Ayuntamiento de Carreño vivió un espectáculo bochornoso. El alcalde, haciendo gala del escaso talante democrático que le caracteriza, impidió el debate y votación de las enmiendas al presupuesto municipal presentadas por el Partido Popular.

Es necesario recordar que el grupo municipal popular presentó sus enmiendas, previo anuncio en la comisión informativa de Hacienda celebrada el 23 de mayo,  en uso del derecho que le concede el artículo 97.5 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, que define las enmiendas del siguiente modo:
 "Enmienda, es la propuesta de modificación de un dictamen o proposición presentada por cualquier miembro, mediante escrito presentado al Presidente antes de iniciarse la deliberación del asunto"
Pues bien, el alcalde, en un acto de despotismo y desprecio de los derechos de los concejales del PP, y por extensión, de los vecinos a los que representa, se negó a permitir el debate y votación de unas enmiendas que habrían servido para poner sobre la mesa importantes asuntos  del presupuesto municipal:  importantes reducciones de gasto corriente para reforzar la cobertura social, la reducción de impuestos en virtud de determinadas subvenciones e inversiones relevantes a través del plan integral de la zona rural y la reconstrucción de la capilla de San Antonio, y todo ello, con los ahorros generados por la reducción del gasto corriente, no con más deuda municipal como querían los socialistas al inicio del presenta mandato.
El alcalde adujo que la presentación de enmiendas antes de empezar el Pleno afectaba el derecho a la información de los concejales. Lo que no dice el alcalde es que en el Ayuntamiento de Carreño se debaten sistemáticamente mociones que son incorporadas al orden del día previa votación de su urgencia, y algo más relevante, que la práctica habitual en el Ayuntamiento es la presentación de enmiendas a las propuestas del Gobierno en el momento de la celebración del Pleno.
¿ A qué tiene miedo Ángel Riego?.¿ Por qué no quiere que se debatan las propuestas del Partido Popular?. ¿ Cómo es posible que un alcalde, en pleno siglo XXI, niegue el derecho de los representantes de los vecinos de Carreño a que se debatan y voten sus propuestas alternativas a las del Gobierno?.
Si lo que pretende el alcalde es silenciar al Partido Popular, lo tiene más que complicado. Por mucho que lo quiera evitar, seguiremos defendiendo y dando publicidad y difusión tanto a nuestras propuestas, como a las denuncias frente  a un Gobierno que ejerce el poder de forma abusiva y autoritaria.
ENMIENDAS DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR AL PROYECTO DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2013.

El portavoz que suscribe, en nombre y representación del grupo municipal popular, y al amparo del artículo 97.5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, presenta las siguientes enmiendas:

Enmienda nº 1, de modificación del artículo 5 de las bases de ejecución.

Gastos de personal:

Añadir a las clasificación por programas: área de gastos, excepto las siguientes partidas:

Ø      Trabajos extraordinarios.
Ø      Gratificaciones.

cuya vinculación jurídica es: respecto a la clasificación económica, la aplicación y por programas, el grupo de programas.

Gastos en bienes corrientes y servicios.

-         Clasificación económica: capítulo.
-         Clasificación por programa: área de gastos, excepto las siguientes partidas:

Ø      Prensa, revistas, libros y otras publicaciones.
Ø      Atenciones protocolarias y representativas.
Ø      Publicidad y propaganda.
Ø      Reuniones, conferencias y cursos.
Ø      Fiestas populares y festejos.
Ø      De los miembros de los órganos de Gobierno.
Ø      Del personal no directivo.

cuya vinculación jurídica es: respecto a la clasificación económica, la aplicación y por programas, el grupo de programas.

Transferencias corrientes.

-         Clasificación económica: capítulo.
-         Clasificación por programa: área de gastos, excepto las siguientes partidas:

Ø      Subvención grupos políticos municipales.
Ø      Subvención actividades culturales.
Ø      Subvención actividades deportivas.
Ø      Subvención festejos populares.
Ø      Subvenciones extraordinarias.
Ø      Subvención concurso de ganados de Piedeloro.
Ø      Subvención a asociaciones vecinales.
Ø      Subvención a actividades medioambientales.
Ø      Subvención asociaciones de mujeres.
Ø      Subvención festival de Gaitas.
Ø      Subvención a Trisquen Rebulleres Rock.
Ø      Subvención banda de gaitas de Candás.
Ø      Subvención a la coral Aires de Candás.
Ø      Subvención asociaciones de madres, padres y alumnado.
Ø      Subvención Candás Club de Fútbol.
Ø      Subvención club de piraguas los gorilas.
Ø      Cooperación internacional.

cuya vinculación jurídica es: respecto a la clasificación económica, la aplicación y por programas, el grupo de programas.

Inversiones reales.

-         Clasificación económica: capítulo.
-         Clasificación por programa: área de gastos, excepto las siguientes partidas:

Ø      Elaboración proyectos técnicos.
Ø      Edición de libros y temas musicales.

cuya vinculación jurídica es: respecto a la clasificación económica, la aplicación y por programas, el grupo de programas.

Justificación: introducir de medidas tendentes a un mayor control del gasto público.

Enmienda nº 2, de modificación del artículo 35 de las bases de ejecución.

2. Una vez conformada la propuesta de gasto y, cuando su importe sea superior a 1.500 euros sin IVA, deberá remitirse al departamento de Intervención para que informe sobre la existencia de consignación presupuestaria.

Justificación: se considera oportuna la reducción de la cantidad que exige la remisión de la solicitud de gasto a Intervención, en orden a mejorar y profundizar los mecanismos de control.

Enmienda  nº 3, de modificación del artículo 48 de las bases de ejecución.

3. Se podrá ejercer la fiscalización por técnicas de muestreo en los siguientes casos:

a)      Liquidaciones de tasas y precios públicos.
b)     Tributos periódicos incorporados en padrones.

Justificación: se eliminan las remuneraciones del personal de la fiscalización por técnicas de muestreo, por estimar conveniente aplicar a dicho tipo de gasto la fiscalización previa sin ningún tipo de limitación. Hechos tales como la proliferación de los trabajos de superior categoría, las horas extraordinarias, así como las sombras arrojadas por el informe de la Sindicatura de Cuentas, aconsejan extremar los controles sobre los gastos del Capítulo I, una parte esencial del estado de gastos del presupuesto municipal.

Enmienda nº 4, de disminución del gasto en trabajos extraordinarios, dentro del Capítulo I.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
920 15100
Trabajos extraordinarios
30.000

Justificación: la proliferación de las horas extraordinarias y de los trabajos de superior categoría, retribuidos con cargo a esta partida, son una manifestación de la falta de organización y la mala gestión del personal municipal. Reducir esta partida es necesario en orden a la más adecuada administración de los recursos públicos.

Enmienda nº 5, de disminución de diversas partidas de gasto corriente del Capítulo II

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
151 21000
Infraestructura y bienes naturales
7000
151 21200
Edificios y otras construcciones (reparac., mantenim., conservac.)
25.000
920 21300
Reparac.,manteni.edificios y o. Construcc.
50.000
920 21400
Conservación de vehículos
10.000
920 21500
Mobiliario y enseres
3000
920 22000
Ordinario no inventariable
6.400
332 22001
Prensa, revistas, libros y otras publicaciones
2.700
912 22601
Atenciones protocolarias
3000
924 22602
Publicidad y propaganda
2700
920 22604
Jurídicos, contenciosos
5000
338 22609
Fiestas populares y festejos
20.000
331 22613
Gastos diversos área cultura
15.000
924 22623
Gastos participación ciudadana. Presupuestos participativos
12.000
912 23000
De los miembros de los órganos de gobierno
12.000
Total

173.800

Justificación: las reducciones se proponen de acuerdo con tres principios:

1.  El bajo grado de ejecución de una parte relevante de las partidas propuestas en el ejercicio inmediatamente anterior.

2. La posibilidad de reducir el gasto con una mejor gestión.

3.  La necesidad de generar ahorros para concentrarlos en áreas de gasto más prioritarias.

Enmienda nº 6,  de disminución de la aportación a la Mancomunidad, dentro del Capítulo IV

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
943 46300
Mancomunidad Cabo Peñas, General
70.000

Justificación: se trata de una enmienda coherente con la propuesta de reforma de la Mancomunidad del Cabo Peñas formulada por el PP de Carreño en la sesión de la comisión informativa de Hacienda celebrada el pasado 23 de mayo. La reducción planteada es prudente, al no agotar el ahorro que la propuesta anteriormente señalada generaría para nuestro Ayuntamiento, por valor superior a los 150.000 euros.

Enmienda nº 7, de disminución del gasto en subvenciones, dentro del Capítulo IV

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
912 48900
Subvención grupos políticos municipales
6.000
924 48904
Subvenciones extraordinarias
12.000
334 48911
Subvención a Trisquel Rebolleres Rock
8.000
Total

26.000

Justificación:

1)     Se plantea reducir la subvención a los grupos políticos como medida ejemplarizante y de muestra de solidaridad de las organizaciones políticas locales con el conjunto de los vecinos.

2)     Del mismo modo se propone la reducción de las subvenciones extraordinarias en un 50%, como paso previo a la futura supresión de este tipo de subvenciones, que son una excepción a la regla general de convocatoria pública y concurrencia competitiva que debe caracterizar a este tipo de ayudas públicas.

3)     Finalmente se propone la supresión de la subvención a Trisquel Rebolleres Rock, por la falta de oportunidad de incorporar esta nueva subvención al presupuesto de 2013, en un contexto de crisis económica, de escasez de ingresos y de necesidad de concentrar el gasto en otros ámbitos más necesitados.

Enmienda nº 8, de supresión de la partida destinada a la adecuación de la fábrica de Ortiz.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
333 62201
Adecuación antigua fábrica Ortiz
10.000

Justificación: prever una inversión de 10.000 euros para la adecuación de un edificio que requeriría cientos de miles, no deja de ser un brindis al sol, y por ende, un gasto prescindible.

Enmienda nº 9, de supresión de la partida destinada a la elaboración de proyectos técnicos.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
151 62701
Elaboración de proyectos técnicos
17.000

Justificación: la baja ejecución de esta partida así como la optimización de los medios personales propios del Ayuntamiento, que debería eliminar la necesidad de acudir a este tipo de contrataciones, son causas de justificación de la reducción propuesta.

Enmienda nº 10, de reducción de la inversión en la casa consistorial.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
920 63200
Casa consistorial
18.000

Justificación: las reformas que haya que hacer en el edificio del Ayuntamiento pueden programarse para al menos dos ejercicios presupuestarios, máxime cuando en la actual coyuntura hay otros gastos e inversiones más prioritarias.

Enmienda nº 11, de reducción de la partida de edición de libros y temas musicales.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se reduce de los créditos iniciales del proyecto
331 64000
Edición de libros y temas musicales
3000

Justificación: necesidad de generar ahorro para incrementar otras partidas más prioritarias.

Enmienda nº 12, de incremento de las ayudas sociales

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto
231 48000
Ayudas sociales
24.000

Justificación: en época de una crisis tan grave y persistente como la actual, incrementar la dotación económica de las ayudas sociales, es plenamente aconsejable y conveniente.

Enmienda nº 13, de incremento de la subvención a Caritas y Proyecto Hombre.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto
231 48001
Subvención Caritas
5000
232 48917
Subvención Proyecto hombre
3000

Justificación: aumentar estas cantidades contribuye a mejorar la asistencia social en nuestro concejo.

Enmienda nº 14, de creación de una partida para dotar la subvención del IBI social.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto

Subvención IBI social
20.000

Justificación: dotación para llevar a cabo una convocatoria de subvenciones que tenga por objeto ayudar a los contribuyentes con menor nivel de ingresos en el pago del IBI de 2013. Los requisitos específicos se determinarían en la convocatoria.

Enmienda nº 15, de creación de una partida para dotar la subvención Carreño Emprende.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto

Subvención Carreño Emprende
30.000

Justificación: el objeto de esta subvención es ayudar a los nuevos emprendedores de nuestro concejo, devolviéndoles la totalidad o la mayor parte de la cantidad que abonaron en concepto de tasa por apertura de establecimientos a lo largo del año 2012 y 2013. Las bases de la convocatoria determinarían los requisitos exigibles y las condiciones de la convocatoria. Se trata de una medida paliativa de la decisión del Pleno de no suprimir la tasa por apertura de establecimientos de las ordenanzas fiscales.

Enmienda nº 16, de incremento de la partida destinada al plan integral de la zona rural.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto
450 61100
Plan integral zona rural
100.000

Justificación: la zona rural presenta graves problemas en caminos, limpieza, saneamiento, abastecimiento de agua, que hacen necesario el incremento de la partida destinada al plan integral para esa zona tan importante de nuestro concejo.

Enmienda n º17, de creación de una partida para la inversión bienal para la reconstrucción de la capilla de San Antonio.

Clasificación
Descripción
Cantidad que se aumenta en relación con los créditos iniciales del proyecto

Reconstrucción capilla San Antonio
150.800


Justificación: es posible reconstruir la capilla de San Antonio sin endeudar al Ayuntamiento. Ahorrando, se pueden conseguir los fondos necesarios para recuperar un monumento que lleva dos años ausente de Candás. Las dificultades que plantea la financiación de la obra por parte de otras Administraciones Públicas, al carecer la capilla de  declaración de bien de interés de cultural y las restricciones presupuestarias existentes en todos los ámbitos,  aconsejan asumir ya la realización de esta obra, recuperando así para la vida de nuestro concejo, una parte señera de  nuestra historia local.

LA NOTICIA EN LA PRENSA:

EL ALCALDE IMPIDIÓ QUE SE VOTASEN LAS ENMIENDAS A LAS CUENTAS, DENUNCIA EL PP